La Audiencia Provincial de Palma ha absuelto a una mujer que fue detenida con 6,2 gramos de cannabis, 3,5 de MDMA y 5,3 de cocaína, al alegar la pretensión de la acusada era destinar la droga para su consumo propio a lo largo de cuatro o cinco días y no para distribuirla a terceras personas. La Fiscalía solicitaba para ella tres años y medio de cárcel al considerarla responsable de un delito contra la salud pública.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal de la Sección Primera desglosa, basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo, las circunstancias por las que se deduce cuándo una sustancia está destinada al tráfico, como la existencia de instrumentos para ese fin, la capacidad adquisitiva del acusado o las modalidades de la posesión, que en el caso de la inculpada llevaban a descartar que pretendiera venderla.
En este sentido, la propia acusada, Soraya D.K., manifestó que cuando fue parada por un control de la Guardia Civil en la Isla, portaba las sustancias para su consumo durante cuatro o cinco días a raíz de los problemas psicológicos causados por la muerte de su marido. Así, al señalar que en ese momento se dirigía a una discoteca, negó que la droga estuviera destinada a ser repartida entre sus amigos.
«Lo que pretendía era coger un poco para mí durante el tiempo en que estuviera en la discoteca», aseveró la acusada, defendida por el letrado Jaime Roig, durante el juicio celebrado por estos hechos el pasado mes de diciembre. Es más, Soraya D.K. justificó tener propiedades en Francia y disponer de ingresos regulares por los alquileres que percibe, con cuatro hijos a su cargo y «sin ninguna necesidad de obtenr dinero mediante la venta de estupefacientes».
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