Lo único que pudo hacer fue golpearle con una pala en plena cabeza. Así lo ha entendido la magistrada Martina Rodríguez, titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, al dictar una sentencia absolutoria, por legítima defensa, en el caso de un obrero ecuatoriano que tuvo que sentarse en el banquillo para responder de un delito de lesiones con instrumento peligroso por el que el fiscal pedía una condena de dos años y seis meses de prisión.
La juez Rodríguez ha entendido que el acusado no tuvo más opción que propinar dicho golpe a la víctima, un hombre con antecedentes por su carácter violento que, además, no se presentó en el juicio, después de verse acorralado y en serieo peligro.
Gandul
El suceso ocurrió en una obra que se realizaba en los apartamentos Bella Vista de Sant Antoni el 12 de septiembre de 2007. El acusado pidió a su compañero que le ayudara a cavar una zanja, «a lo que éste se acusó diciendo que él no era el encargado y que no tenía que ordenarle nada», recoge como probado la sentencia.
Los hechos se precipitaron después de que el encargado reprochara al otro operario «su gandulería».
El obrero que no quiso realizar dicha labor cogió una azada y por dos veces intentó agredir al acusado. La tercera fue definitiva. El peón ecuatoriano «le golpeó en la cabeza con la pala que había cogido para protegerse de la agresión, al ver que únicamente con maniobras evasivas no podía zafarse del acoso padecido».
Dicho ataque motivó una lesión craneal en el afectado, persona a la que hubo que suturar una herida en el cuero cabelludo y a la que quedó de recuerdo una cicatriz de tres centímetros.
La juez Rodríguez ha valorado también en su fallo que la acción de defensa del acusado fue «racional y proporcional porque cogió lo primero que encontró a mana (la pala) y con ella intentó varias veces esquivar un ataque».
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