La Audiencia Provincial ha condenado recientemente al actual
delegado del Colegio de Procuradores en Eivissa, José López López,
a pagar 402.180 pesetas, cantidad que supone el doble de lo que
cobró de más a un cliente con el que al finalmente litigaron en un
proceso civil. Las acciones emprendidas derivaron de aplicar lo
dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que posibilitaba
resarcir una cantidad no cobrada bien con el duplo de lo percibido
y reclamado.
La decisión judicial, tomada por la Sección Tercera de la
Audiencia Provincial, viene a confirmar un sentencia impuesta por
el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Eivissa
que, con fecha 14 de diciembre de 2000, estimó parcialmente la
demanda presentada por una persona que se sintió perjudicada
económicamente por su abogada y por el procurador condenado por el
ejercicio de una representación legal.
Esta sentencia no consideraba incorrecta la actuación de la
abogada, a quien se le pedía por distintos conceptos derivados de
los honorarios una cantidad millonaria, pero sí la del procurador
de los tribunales José López López. El demandante y el procurados
recurrieron este fallo ante la Audiencia Provincial al no estar de
acuerdo con todo lo decidido por la que en su día era responsable
del juzgado ibicenco.
El tribunal de Mallorca, una vez examinados los argumentos de
las partes, ratifica lo decidido por el juzgado ibicenco y, para el
caso del delegado del Colegio de Procuradores es claro cuando dice
«el hecho de haber cobrado de más lo tiene reconocido el procurador
señor López en su escrito presentado al juzgado en fecha 29 de
junio de 2000, en que manifestó haber cobrado un exceso de 202.155
pesetas».
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