La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha resuelto una
apelación a favor de dos personas que litigaban para conseguir una
indemnización después de que ambos resultaran heridos por un cohete
en 1998 cuando se celebraban fuegos artificiales en el cierre de
las fiestas de Sant Carles.
La sentencia viene a revocar el fallo de un juzgado de Primera
Instancia Eivissa en el que se absolvía al pirotécnico encargado de
los fuegos y a una entidad aseguradora. La nueva decisión judicial
impone que uno de los perjudicados 1.371.468 pesetas y el otro
963.150, cantidades a las que hay que sumar los intereses legales
desde la fecha que se produjo la reclamación judicial.
Los hechos enjuiciados ocurrieron el 5 de noviembre de 1998 poco
después de la medianoche Un cohete se desvió de su trayectoria y
fue a explotar debajo de un coche en el que estaban apoyados un
hombre y una mujer. Estas dos personas sufrieron heridas que
tardaron en curar sesenta y quince días respectivamente. A ambos
les quedaron como secuelas múltiples cicatrices en las piernas,
dice la sentencia. Otras personas también resultaron con lesiones
como consecuencia de la misma explosión.
Las dos víctimas aludidas presentaron demanda contra el
pirotécnico y la compañía de seguros «Centro Asegurado». Estos
últimos descargando responsabilidad y argumentando que debían
pedirse responsabilidades a la entidad organizadora de los festejos
de Sant Carles, alegando que a ella le correspondía solicitar los
permisos y autorizaciones administrativas pertinentes.
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