Los detenidos, uno de ellos con antecedentes por agresión sexual en España, viajaban en una embarcación de recreo sin la documentación necesaria que acreditara su situación regular en territorio nacional.
La embarcación, procedente de Argelia, recaló en las instalaciones del Club Náutico de Sant Antoni. La normativa Schengen, de obligado cumplimiento por España, establece que las embarcaciones de recreo, procedentes de terceros Estados, han de efectuar su entrada por un Puerto habilitado como frontera. En el caso de la isla de Ibiza, el único Puesto Fronterizo marítimo es el del puerto de Ibiza que incluye tanto al puerto comercial como a los puertos deportivos de Sant Antoni, Santa Eulària y Formentera.
Fruto de los controles realizados por los policías adscritos al Puesto Fronterizo Marítimo, se pudo determinar que el desembarque de estos ciudadanos argelinos no había sido autorizado por las Autoridades Fronterizas.
Esta falta de autorización, unida a la procedencia de la embarcación y a la carencia de los requisitos previstos por la normativa para la entrada en territorio nacional, provocó una infracción grave a la Ley de Extranjería. Por ello se procedió a la detención de estas personas, a las que les fue incoado expediente preferente de expulsión que lleva aparejada, tanto la expulsión de los infractores del territorio nacional, como la prohibición de entrada de hasta cinco años.
3 comentarios
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a saber las intenciones que llevaban y que llevan, porque seguro que estan paseando como si nada.
Venga lo que nos faltaba
Hablando claro, que los han dejado libres por las calles, VIVA ESPAÑA!!