Jaume Matas, en una imagen de archivo. | Efe

El TSJB respalda a los nueve ciudadanos que condenaron a Jaume Matas por cohecho y ratifica la condena de multa al expresident por recibir 42.000 euros de un hotelero, camuflados como un falso contrato de trabajo a su mujer, Maite Areal. La Sala de lo Civil y lo Penal ha resuelto en apenas cinco días el recurso de la defensa del exministro y mantiene que: «La cantidad que se abonaba no era más que una prebenda o donanción a D. Jaume Matas y no un salario que se pagaba de forma real por la realización de un trabajo por cuenta ajena».

La Sala, presidida por Antonio Capó y con el magistrado Antonio Monserrat como ponente, desestima las alegaciones de forma planteadas por la defensa, entre ellas la de que lo que se castiga es recibir un regalo y no solicitarlo, como hizo Matas. En este sentido señala que el expresident fue quien reclamó el dinero al hotelero a finales del año 2006 y quien aceptó recibirlo de forma mensual durante casi un año. «En todo momento, el señor Matas y la señora Areal eran los que ostentaban el dominio del hecho, ya que, en cualquier momento podían haberse negado a la percepción correspondiente». Con este mismo argumento se rechaza también que el delito haya prescrito, como sostenía la defensa.

Noticias relacionadas

Irregularidad

El TSJB contradice al expresident y defiende que el magistrado instructor, José Castro, introdujo estos hechos en la declaración de Matas. «Sí fue interrogado, lo comprendió y, declarando, lo negó. Es decir, que se defendió de las implícitas acusaciones que, con total claridad, se le formulaban». Así, rechaza que transcurriera un plazo de tres años desde que se cometió el delito hasta que se abrió la investigación en el juzgado.

El tribunal también rechaza alguna irregularidad procesal en el hecho de que declararan como testigos dos asesores tributarios que habían contratado antes a Maite Areal con un procedimiento similar. La defensa consideraba que eso provocó que el jurado omitiera la declaración de testigos de la defensa. El TSJB entiende que no se causó indefensión alguna y además señala que los motivos del jurado a la hora de valorar la prueba son «soberanos». También señala que nada induce a pensar que haya un error en la conclusión del jurado por la que Matas se sirvió de su condición como presidente para reclamar el favor en lugar de utilizar una relación de amistad con el hotelero. Para el jurado no había tal cercanía ya que le dieron valor a que durante la instrucción el administrador del Hotel Valparaíso, Miquel Ramis, afirmara que se sintió «presionado y comprometido» por la petición del expresident. En la misma línea, reatifica que «la verdadera naturaleza de la dádiva se ocultó mediante la simulación de un contrato de trabajo, un mero artificio instrumental».