El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca ha desestimado el recurso que interpuso la sociedad Promociones Urbanas Blauvert S.L, contra el acuerdo de pleno de 2007 del Ayuntamiento de Eivissa, que declaró nula la licencia urbanística que le permitía edificar un edificio de 13 plantas, 69 viviendas y 55 plazas de garaje, en Puig des Molins, dentro de la zona declarada Conjunto Histórico-Artístico de Eivissa.
El juez da validez a los argumentos por los que el Consistorio anuló la licencia e indica en su escrito que el proyecto debía pasar primero por la Comisión Insultar de Urbanismo y Patrimonio Histórico Artístico (Ciotupha) porque, aunque la parcela no se encuentra dentro del entorno de protección de Puig des Molins, «sí que está situada dentro del Conjunto Histórico artístico de Eivissa», concretamente, en un área calificada como «de respeto» por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1987.
Una década de litigios
Se trata de un capítulo más en un conflicto que lleva más de una década y que ya ha pasado por distintos tribunales. La historia se remonta a la concesión de una licencia de obra mayor a la promotora en 1990 y una solicitud de modificación en 1998, que finalmente se concedió por decreto de alcaldía en 2001.
Entonces, Blauvert no presentó el correspondiente proyecto de ejecución y el Consistorio decidió declarar la caducidad de la licencia en 2002. Sin embargo, la promotora impugnó esta decisión y obtuvo una sentencia favorable del TSJB en 2006.
Al margen de la sentencia, el Consistorio inició de oficio en 2006 la revisión del permiso al constatar que era posible anularlo «por contravenir la normativa sobre Patrimonio Histórico y apreciarse otros aspectos contrarios a la legislación urbanística», ya que el terreno donde iba a levantarse no tenía aún la calificación de solar urbanizable y el proyecto no tenía plan de viabilidad. Tras un dictamen del Consell Consultiu favorable, Vila declaró nulo el permiso para edificar.
Por su parte, para impugnar la nulidad, la empresa expuso como motivos la falta de comunicación del dictamen del Consell Consultiu, la indebida aplicación de la ley «al considerar innecesaria la obtención de una autorización previa por parte de la Ciotupha». También argumentó que «no concurren las infracciones urbanísticas graves a las que alude la administración demandada», además de acusar al Consistorio «de desviación de poder».
3 comentarios
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Per coses com aquestes, que provoquen beneficis paistjistics, no només ara sinó per sempre, són per les quals val la pena haver tingut uns governs progressistes, llàstima que no hagin tengut tanta determinació en molts altres casos.
Me alegro mucho! Construir allí era un crimen urbanistico. Y la prepotencia del promotor era insultante. Una buena noticia.
la verdadera realidad es que dejarian sin parquin al hotel los molinos gratis y esa zona de hitorico tiene lo que yo de cura es un vertedero de suciedad y de marginados que duermen en las cuevas si no se puede edificar mejor pero no mientan que todos sabemos los intereses ocultos sobre esa zona.