El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la revista 'Sorpresa' y ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a esta publicación a indemnizar al humorista Andreu Buenafuente con 55.000 euros por publicar unos reportajes sobre su vida privada, entre ellos unas fotos en las que podía verse al presentador desnudo en una cala en Eivissa.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia se remontan al periodo comprendido entre 2004 y 2006, cuando la revista publicó una serie de reportajes sobre la vida privada del humorista. Buenafuente demandó a la revista por vulnerar su derecho a la intimidad y la propia imagen y tanto el juzgado de primera instancia, como más tarde la Audiencia provincial de Barcelona, ante la que recurrió la publicación, le dio la razón y condenó a la revista a pagar 55.000 euros.
Ahora, después de que la revista presentara un recurso de casación ante el Supremo al entender que las fotografías publicadas no constituyen una intromisión ilegítima en la intimidad, el alto tribunal ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona, ya que entiende que las fotos del humorista desnudo tienen «un inexistente interés informativo» y por el contrario suponen «una evidente intromisión ilegítima» en los derechos fundamentales de Buenafuente «a la intimidad y a la propia imagen».
En este sentido, el Supremo señala que «la libertad de información no puede en este caso prevalecer sobre el derecho a la intimidad y a la propia imagen del demandante, pues el grado de afectación de la primera es muy débil y el grado de afectación de los segundos es de gran intensidad».
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