El Govern mantiene desde el pasado mes de mayo un límite de una
caña por licencia la pesca recreativa en todo el ámbito de la
Reserva Marina de es Freus, una resolución de la Conselleria
d'Agricultura i Pesca que especifica claramente qué tipo de
aparejos y modalidades están permitidos. Las cañas, además, no
podrán estar equipada con carretes de pesca de tracción eléctrica o
hidráulica, sino que deberá emplear carretes manuales.
Las medidas son fruto de las propuestas del Servicio de Recursos
Marinos, que fue aceptada por la Comisión de Seguimiento de la
Reserva a finales de 2001. En consecuencia, y siendo facultad de la
Dirección General definir los periodos y aparejos utilizables en la
pesca profesional y recreativa en la zona de la reserva, se
establece que los pescadores recreativos sólo podrán utilizar
volantín con un máximo de seis anzuelos por licencia, una sola
caña, potera, fisga para la pesca diurna, salabre, curricán de
superficie o fluixa y curricán de fondo; asimismo, se puede emplear
el esparavel o rall con un permiso especial de la propia
Conselleria, ya que se considera que se trata de un aparejo
tradicional no utilizado por los pescadores profesionales por la
escasa efectividad del mismo, pero sí por pescadores
recreativos.
En cuanto a la veda del raor (xyrichthys novacula), cuyo período
específico va del 1 de abril hasta el 15 de agosto, es de
aplicación tanto en las aguas interiores, es decir las de
competencia autonómica, como en las exteriores en las que la
competencia es estatal. Algunos pescadores recreativos que han
llegado en los últimos días a Formentera tienen serias dudas al
respecto ya que pretenden pescar al sur de es Cap de Barbaria o de
sa Punta Roja en la Mola ya que a escasa distancia de la costa las
aguas interiores o autonómicas pasan a ser exteriores y estatales,
en la creencia que la veda sólo afecta a las primeras.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
De momento no hay comentarios.