«No hubo cambio de inscripción en ninguno de los casos. Algunos de
los reclamantes alegaban que estaban inscritos en algún municipio,
pero era falso. Lo que se produjo fueron altas en el censo por
omisión, porque de lo contrario, no habrían podido votar». Así se
expresó ayer el delegado de la Oficina de la Oficina del Censo
Electoral en Balears, Juan Pons, al comentar la petición formulada
por el PSIB-PSOE de que el Censo Electoral investigue el cambio de
domicilio de inscripción 24 ciudadanos argentinos una vez
convocadas las pasadas elecciones autonómicas en Formentera.
Todos ellos, aparecieron inscritos en esa localidad, según un
hecho probado y que recoge el auto de la Sala de lo Civil y Penal
del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). Pons no quiso
entrar a valorar el contenido de un auto del TSJB, pero insiste en
que fueron altas «por omisión» y que en ningún momento se hizo un
cambio en el municipio de inscripción. «No niego nada, digo lo que
sucedió. Es verdad en algunos casos, estos reclamantes decían que
estaban inscritos en algún municipio, pero era falso. Si a esos
señores no les damos de alta en el censo electoral, se habrían
quedado sin votar», afirmó. Pons dijo: «Esta delegación no hizo
ningún cambio en el municipio de inscripción en las reclamaciones
del período electoral de 1999».
Los máximos responsables de la Delegación de la Oficina del
Censo Electoral de Balears se reunieron ayer para abordar este
tema. «En las elecciones no se hizo ningún cambio en el municipio
de inscripción. Se dieron de alta por omisión, no estaban censados,
es decir, no estaban dados de alta», indicó el delegado de la
Oficina del Censo Electoral en Balears. El auto dictado por la Sala
de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears
(TSJB) dedica varios párrafos a lo que califica de «coincidente
inscripción en el municipio de Formentera».
«No se comprende, en defecto de plan, la 'coincidente'
inscripción en el municipio de Formentera de dichas personas y
menos se comprende, en particular, el 'mayor arraigo' que pudieran
tener en el mismo aquellos residentes en Argentina, nacidos en
Eivissa, e inscritos en Eivissa (folios 175 y 176 de la causa de
Eivissa), o el nacido en Mallorca e inscrito en Llubí, o el nacido
en Barcelona e inscrito en esta ciudad, so pretexto del 'mayor
arraigo' en Formentera lograron, en definitiva, inscribirse en este
municipio», señala el auto, del que fue ponente Antoni Capó.
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