Viviana de Sans Trotta, la única bombero del aeropuerto de Eivissa,
recibió ayer la notificación de la sentencia que le da la razón en
su demanda contra Aena por vulnerar el derecho de no discriminación
por razón de sexo en la corrección de un examen para una promoción
interna. En la prueba anulada todos los aspirantes recibieron la
misma calificación, dejando a la bombero sin posibilidades de
acceder a la plaza ya que, al no tener posibilidades de superar a
sus compañeros en las pruebas físicas, se lo jugaba todo en el
examen previo. La juez ha decidido declarar nula la corrección del
ejercicio práctico, a la vez que ha ordenado que se vuelvan a
corregir los exámenes de todos los participantes.
El juicio por este caso se celebró el 10 de octubre de 2001.
Viviana de Sans Trotta denunció que en el segundo examen de la
convocatoria se había puntuado a todos los candidatos con la misma
nota a pesar de que tenía razones para creer que su examen era más
completo que el de sus compañeros. Durante el juicio se presentó un
examen pericial de los exámenes que concluyó que las notas eran
diferentes para los examinados y que la demandante obtenía una
puntuación mayor de la apuntada por el tribunal examinador. Además,
la bombero recriminaba a Aena porque en las pruebas físicas no hay
baremos diferenciados de puntuación para hombres y mujeres, lo que
dejaba a la bombero de Eivissa sin posibilidades de plaza.
A este respecto, Viviana de Sans Trotta señaló ayer a
Ultima Hora Ibiza y Formentera que el hecho de que
se diferencien los baremos «no supone hacer pruebas más fáciles
para las mujeres sino que, al igual que sucede con las marcas en
las competiciones deportivas se debe tener en cuenta que las
características físicas son diferentes». Esto tampoco significa, a
juicio de la bombero, que se reduzca la «calidad» del servicio ya
que existen unos tiempos mínimos que garantizan que el sujeto está
en buena forma física.
A pesar de la satisfacción tanto del abogado de la demandante,
Antonio Llanos, como de la demandante el caso no se va a quedar en
esta sentencia. Así, intentarán abrir otro proceso para que los
baremos de Aena en las pruebas físicas se diferencien por sexos,
como ya ocurre con otros cuerpos de bomberos. Por otro lado, el
abogado piensa recurrir la sentencia porque Aena no ha sido
obligada por la juez a indemnizar con unos 9.000 euros (1.500.000
pesetas) a la demandante por los perjuicios causados.
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