La Norma Territorial Cautelar (NTC) que hoy se aprobará
definitivamente ha sufrido algunos cambios con respecto a la
redacción inicial, aunque no para todos los sectores dichas
modificaciones tienen la misma importancia. Mientras que para el
Pacte Progressista lo único que se ha hecho ha sido mejorar la
redacción del texto y aclarar puntos un tanto oscuros, para los
grupos y partidos ecologistas se ha rebajado el contenido
proteccionista.
La NTC sigue siendo la misma en lo básico: están afectados por
ella los suelos urbanos y urbanizables de zonas delimitadas por el
Plan de Ordenación de la Oferta Turística (POOT) y la línea de
costa de 500 metros, pero sólo en el caso de la isla de Eivissa. El
desarrollo del suelo urbano está condicionado a que esté finalizada
la urbanización, mientras que el suelo urbanizable queda suspendido
salvo que en el momento de aprobación inicial de la norma tuvieran
las infraestructuras ya finalizadas. Por lo que se refiere al suelo
rústico, la eficacia de las licencias anteriores al año 1990
también quedan suspendida.
Si se comparan el texto inicial y el definitivo llama la
atención el párrafo que ha sido incluido en el artículo segundo y
que establece que, la necesidad de tener la urbanización hecha en
suelo urbano «no será de aplicación en las obras de edificación que
se realicen al amparo de licencias otorgadas con anterioridad a la
aprobación inicial de esta norma, las cuales podrán ejecutarse en
los términos autorizados».
Otro de los cambios que ha llamado la atención de los sectores
que solicitan más protección es el incorporado al artículo tres,
relativo al suelo urbanizable. El equipo de gobierno ha
especificado aquí lo que se entiende por obras de urbanización
pendientes de ser completadas y es esa puntualización la que
permitirá a determinadas construcciones poder seguir adelante o,
por contra, tener que parar los trabajos. El Consell dejará que las
obras sigan adelante cuando «únicamente» falte un servicio o
elemento de urbanización de los incluidos en un listado que también
ha fijado la institución o (y este otro condicionante es el que no
entiende el sector ecologista) cuando «las obras de urbanización
hayan llegado a un grado mínimo de ejecución del 75 por ciento en
el conjunto del sector». La pregunta para muchos es ¿quién va a
decidir que se ha llegado a dicho porcentaje?
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