Se trataría de una medida cautelar previa a admitir o no a trámite el recurso presentado por el Abogado del Estado contra dos actos concretos: el anuncio de investidura realizado el pasado día 22 por el presidente del Parlament, Roger Torrent, y la posterior convocatoria de un Pleno de investidura el próximo martes para debatir la investidura del citado candidato en concreto.
Se advierte expresamente al presidente del Parlament, Roger Torrent, y los demás miembros de la Mesa de la Cámara de las responsabilidades "incluidas las penales" en caso de no acatar la suspensión y seguir adelante con la investidura del expresidente catalán.
Tras la posición del Consejo de Estado contraria a la interposición del recurso, la solución alcanzada este sábado por el tribunal de garantías permite superar las tesis contrarias a la admisión del recurso planteadas inicialmente por el ponente de la resolución, el magistrado progresista Juan Antonio Xiol.
Se logra además la unanimidad de todos los magistrados, evitando así romper la unidad que ha mostrado el Tribunal de garantías en todas sus resoluciones sobre el 'procés'.
AUTORIZACIÓN DEL JUEZ
Concretamente, el TC considera que para ser investido presidente de la Generalitat Puigdemont debe acudir personalmente a la Cámara y obtener antes autorización del juez.
Además, el Tribunal decidirá sobre la admisión a trámite una vez que haya oído a todas las partes y haya resuelto las dudas que han planteado sobre admisibilidad del recurso y se admite la personación de Puigdemont y los diputados de JxCat solo para que puedan ejercer su derecho de defensa como particulares.
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