Así lo recoge el auto por el que se finaliza la instrucción del caso, donde se analizan los tres convenios suscritos entre el Instituto Nóos y la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) y la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau para los Valencia Summit de 2004, 2005 y 2006,, por cada uno de los cuales pagaron un «canon» de 900.000 euros (1.044.000 euros con IVA).
José Castro señala que, además, los gastos de estancia de Urdangarin en Valencia lo eran «en cuantía comparativa e inexplicablemente muy superior a los de los demás existentes», y los cargó a CACSA y a la Fundación, aunque a la primera en «muy superior proporción» que a la segunda.
Lo mismo ocurrió con los billetes de avión y seguro de viaje de Barcelona a Valencia de Urdangarin y otros miembros de Nóos, que se cargaron a las dos entidades -incluido el billete de avión de Urdangarin y su hermano Mikel de Valencia a Bilbao-, igual que los desplazamientos de personas vinculadas al entramado.
Sobre los convenios que suscribieron CACSA y la Fundación con el Instituto Nóos, el primero se firmó en noviembre 2004, «sin que se iniciara absolutamente ningún procedimiento administrativo de contratación, y en exclusiva atención a que por los responsables políticos era hartamente conocido» que al frente de Nóos estaba el yerno del entonces rey Juan Carlos I.
El coste del primer Valencia Summit, presupuestado en «un folio escaso de extensión» en 1.351.638 euros, incluía un «canon» de 900.000 euros (1.044.000 euros con IVA) fijado «unilateralmente» por Nóos, pagadero a partes iguales entre las entidades firmantes, al que estas «se aquietaron sin que fuera precedido de ningún análisis de mercado, discusión o negociación».
Además, el juez destaca que Nóos «ni tan siquiera se molestó en tratar de esbozar» un análisis «para convencer a quienes tendrían que pagarlo».
Según el auto, el entonces secretario de Eventos de la Generalitat, Luis Lobón, se reunió en 2004 con Diego Torres «por venir recomendado por una instancia superior» y en atención a que uno de los socios de Nóos era el yerno del Rey y «ya había mantenido diversos contactos personales con el president de la Generalitat».
A esa reunión, Lobón había convocado previamente al director general de CACSA, José Manuel Aguilar, a quien «ordena» que «dé forma al encargo, ya decidido en firme» de forma «verbal» anticipadamente, de que Nóos organice los eventos deportivos Valencia Summit, en los que había empezado a trabajar «mucho antes».
Nóos impuso «unilateralmente» las condiciones económicas del convenio, que en ningún momento vino precedido ni seguido» de un informe sobre su viabilidad ni estudio de los precios de mercado, expone el auto.
Según el juez, el informe «que se dice técnico» y que se incorporó posteriormente al expediente es «absolutamente falso» tanto en la fecha como en el contenido, porque se elaboró cuando el evento ya se había firmado y consumado.
«Parece claro que los suscriptores del convenio despreciaron la necesidad de ningún informe, cuando ni tan siquiera se molestaron en recabarlo ni en comprobar su existencia en la seguridad de que, fuera cual fuera el contenido del convenio, siempre sería informado favorablemente», expone.
El juez indica que en 2005 se firmó una adenda al convenio, sin que Nóos «rindiera la menor cuenta» de lo gastado en el canon, ni intentara justificar su procedencia para la segunda edición, y sin que «quienes gestionaban los fondos públicos» hicieran un estudio documentado sobre los costes y repercusión de la primera edición.
Nóos percibió por ese segundo convenio también 1.044.000 euros, más los ingresos derivados de al menos nueve patrocinadores, por 331.760 euros, mientras que en 2006 se firmó un tercera adenda en los mismos términos que las anteriores.
En los tres casos, se preveía una comisión de seguimiento que nunca se constituyó.
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