El Supremo ordena a la Audiencia Nacional revisar el 'criterio Troitiño'
El Alto Tribunal contradice la doctrina del doble cómputo de penas que adelantó la salida de prisión del etarra
Martín Garitano (centro) encabeza la lista de Bildu a las Juntas Generales de Guipúzcoa. | J. J. Monerri
La todavía reciente excarcelación del etarra Troitiño, seis años antes de que cumpliera el límite legal de su condena, ya ha sido rechazada por otro órgano de la justicia. Así, después de que la Audiencia Nacional aplicara el pasado miércoles la doctrina del doble cómputo y permitiera al exmiembro del 'comando Madrid' salir en libertad, el Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia en la que defiende que el tiempo de prisión preventiva debe abonarse en cada una de las penas impuestas y no en el límite legal de treinta años de prisión. En el escrito del Alto Tribunal se ordena a la Audiencia revisar el 'criterio Troitiño' a los exmiembros del 'comando Araba' de ETA.
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