El alto tribunal establece que las ayudas conculcan el principio de territorialidad del Estatuto vasco.
En coincidencia con el TSJPV, el Supremo recuerda que si bien el Gobierno vasco ostenta la competencia en materia penitenciaria, «su ejercicio se halla condicionado por el necesario Decreto de transferencias previo acuerdo de la Comisión Mixta correspondiente, lo que no se ha producido, y por la territorialidad en el ejercicio de sus competencias».
Territorialidad
La resolución del Supremo recuerda que «desde la perspectiva de la asistencia social penitenciaria, dicho programa habría de quedar referido a los internos de los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pues la territorialidad es un límite intrínseco al ejercicio de la competencia.
Al promulgar esta Orden de ayudas, aprobada en 2003, «la Administración Autónoma del País Vasco ha incurrido en un exceso en el ejercicio de sus competencias en materia penitenciaria por tener como objeto la asistencia social penitenciaria en centros penitenciarios situados fuera de su territorio», razón por la que el recurso de casación interpuesto en su día por el Gobierno vasco «no puede prosperar», según el alto tribunal.
Las ayudas para sufragar viajes a familiares de presos fueron concedidas por última vez en marzo de este año, poco antes del cambio de Gobierno en el País Vasco, con un coste de 225.081 euros. Fueron concebidas como una «asistencia social» destinada cubrir los desplazamientos de personas que contaran con una renta inferior al triple del salario mínimo interprofesional.
Tras conocer el fallo, el presidente del PNV, Iñigo Urkullu, dijo respetarlo, si bien aclaró que las ayudas promovidas por el Ejecutivo de Ibarretxe se otorgaban como «ayuda social» y no por el hecho de que los perceptores fueran familiares de los reclusos.
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