Así lo anunció el presidente del alto tribunal, Mauricio González Cuervo, quien constató que éste no es un acuerdo simplificado, sino que «involucra nuevas obligaciones del Estado colombiano, así como una extensión de las adquiridas con anterioridad, por lo que debió se tramitado como un acuerdo internacional».
Esto, en palabras del magistrado González, significa que debió ser «sometido a la aprobación del Congreso de la República y revisado posteriormente por la Corte Constitucional».
Puntos
Para el alto tribunal, el acuerdo firmado entre Colombia y Estados Unidos en octubre de 2009 involucra compromisos como autorización para «acceder y utilizar instalaciones militares por personal militar y civil extranjero», «libre circulación de buques, naves, aeronaves y vehículos tácticos extranjeros por el territorio nacional, sin posibilidad de inspección o control por las autoridades nacionales».
Igualmente, autoriza el uso y porte de armas en Colombia «por personal extranjero» y la «extensión de un estatuto de inmunidad y privilegios diplomáticos para contratistas y subcontratistas, así como personas a cargo del personal de los Estados Unidos».
Por esos motivos, la Corte decidió, sin cuestionar el contenido del convenio, remitirlo «al presidente de la República para que imparta el trámite constitucional propio de tratados internacionales».
Si el Gobierno decide enviar la iniciativa al Congreso, y si es aprobado, el documento volverá a la Corte para que surta nuevamente los controles constitucionales y, si procede, hacer un estudio de fondo del tratado.
La Corte explica que las relaciones de ayuda, «asistencia y cooperación entre Colombia y Estados Unidos podrán regirse por los tratados» firmados con anterioridad al 30 de octubre de 2009.
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