El Govern trasladó ayer a las partes implicadas en el alquiler turístico vacacional el borrador del anteproyecto de ley para regular la comercialización de las estancias turísticas en viviendas y que modifica la Ley Turística de 2012. El objetivo que se ha marcado la nueva ley es establecer un techo de plazas para evitar la saturación, poner orden el alquiler vacacional y garantizar el acceso a la vivienda.

Se prohíbe de forma tajante en el borrador las nuevas comercializaciones de estancias turísticas en viviendas ubicadas en suelo rústico protegido. Deja en manos de los consells insulars poder incrementar esta protección.

Uno de los aspectos fundamentales que recoge el borrador, es que los consells, con informes previos de los ayuntamientos, delimitarán las zonas aptas para la comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial.

«Sólo se permitirán nuevas comercializaciones, tanto en viviendas unifamiliares como plurifamiliares, en estas zonas», se concreta en el borrador del anteproyecto.

Para acreditar la consolidación de uso residencial de la vivienda y para impedir la especulación, las construcciones, sean unifamiliares o plurifamiliares, tendrán que tener una antigüedad mínima de diez años.

Con la finalidad de evitar la comercialización indiscriminada, el Govern aumenta de forma ostensible el importe de las sanciones en la oferta ilegal. Las administraciones turísticas podrán imponer sanciones por infracción grave hasta los 40.000 euros, todo ello para evitar fraude fiscal y competencia desleal con la oferta reglada.

Comunidades de vecinos

En el texto del anteproyecto se recoge que en el caso de las viviendas plurifamiliares «la comercialización de estancias turísticas sólo se permitirá en función del que determinen los estatutos de las comunidades de propietarios, o en caso de que haya una autorización expresa. También tendrán que tener contador propio».

La decisión de las comunidades de propietarios se adoptará por mayoría simple y no por unanimidad, tal y como recoge la Ley de Propiedad Horizontal.

Las plataformas de comercialización online (caso de Airbnb, Homeaway o Windu, entre otras) sólo podrán anunciar las viviendas que estén registradas legalmente, la que incumpla este requisito será.

Las viviendas objeto de alquiler turístico, entre otros aspectos, tendrán que cumplir una serie de requisitos mínimos en los aspectos legales, urbanísticos, de sostenibilidad, de eficiencia energética, accesibilidad y de calidad turística.

AL MARGEN

Fijar un techo de plazas de alojamiento legales

El Govern pretende con la modificación de la Ley Turística de 2012, «evitar un crecimiento ilimitado de la oferta que pueda provocar masificación turística». Entre las novedades figura que se suprimen la excepciones en el intercambio de plazas que había hasta ahora: todo el que quiera abrir un establecimiento turístico o comercializar estancias turísticas en una vivienda deberá adquirir las plazas en la bolsa insular correspondiente, siempre que haya disponibles. Las plazas también se podrán adquirir de alojamientos turísticos o viviendas.