Se prohíbe de forma tajante en el borrador las nuevas comercializaciones de estancias turísticas en viviendas ubicadas en suelo rústico protegido. Deja en manos de los consells insulars poder incrementar esta protección.
Uno de los aspectos fundamentales que recoge el borrador, es que los consells, con informes previos de los ayuntamientos, delimitarán las zonas aptas para la comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial.
«Sólo se permitirán nuevas comercializaciones, tanto en viviendas unifamiliares como plurifamiliares, en estas zonas», se concreta en el borrador del anteproyecto.
Para acreditar la consolidación de uso residencial de la vivienda y para impedir la especulación, las construcciones, sean unifamiliares o plurifamiliares, tendrán que tener una antigüedad mínima de diez años.
Con la finalidad de evitar la comercialización indiscriminada, el Govern aumenta de forma ostensible el importe de las sanciones en la oferta ilegal. Las administraciones turísticas podrán imponer sanciones por infracción grave hasta los 40.000 euros, todo ello para evitar fraude fiscal y competencia desleal con la oferta reglada.
Comunidades de vecinos
En el texto del anteproyecto se recoge que en el caso de las viviendas plurifamiliares «la comercialización de estancias turísticas sólo se permitirá en función del que determinen los estatutos de las comunidades de propietarios, o en caso de que haya una autorización expresa. También tendrán que tener contador propio».
La decisión de las comunidades de propietarios se adoptará por mayoría simple y no por unanimidad, tal y como recoge la Ley de Propiedad Horizontal.
Las plataformas de comercialización online (caso de Airbnb, Homeaway o Windu, entre otras) sólo podrán anunciar las viviendas que estén registradas legalmente, la que incumpla este requisito será.
Las viviendas objeto de alquiler turístico, entre otros aspectos, tendrán que cumplir una serie de requisitos mínimos en los aspectos legales, urbanísticos, de sostenibilidad, de eficiencia energética, accesibilidad y de calidad turística.
AL MARGEN
Fijar un techo de plazas de alojamiento legales
El Govern pretende con la modificación de la Ley Turística de 2012, «evitar un crecimiento ilimitado de la oferta que pueda provocar masificación turística». Entre las novedades figura que se suprimen la excepciones en el intercambio de plazas que había hasta ahora: todo el que quiera abrir un establecimiento turístico o comercializar estancias turísticas en una vivienda deberá adquirir las plazas en la bolsa insular correspondiente, siempre que haya disponibles. Las plazas también se podrán adquirir de alojamientos turísticos o viviendas.
3 comentarios
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Aunque no estoy nada convencido de la aprobación de esta nueva ley, reconozco que los nuevos tiempos exigen abordar este tema con valentía y decisión; es una realidad en muchas ciudades europeas. Ahora bien, como ibicenco que soy, conozco la lentitud con la que actúa la administración, el perfil de turista que viene a visitarnos, la picaresca del arrendador cegado por su afán de hacer dinero, y me entra pavor de pensar en las situaciones que pueden llegarse a dar y me surgen diferentes dudas al respecto: 1. Pondrán inspectores para poner control a este nuevo negocio? Cuántos? Cuáles serán sus funciones? Se eternizará la tramitación de expedientes en caso de que inquilino/arrendador incumplan la ley y/o las normas? La comunidad podrá poner normas? 2. En caso de que una comunidad de vecinos apruebe por mayoría que, permite la explotación de pisos turísticos en su escalera, me restaría a mí fuerza en caso de ser víctima de un mal uso del inmueble del arrendador/inquilino y denunciarlo? Se consideraría "molesto" entradas y salidas de los inquilinos constantemente 24h al día? En caso afirmativo, cómo se regula eso? 3. Tendrían las comunidades derecho a exigir a los arrendadores que aporten más dinero a la comunidad, ya que su actividad incide directamente en un mayor deterioro de la escalera (suciedad, electricidad, etc.)? 4. En caso de accidentes graves y/o mortales (balconin, peleas,etc.) qué responsabilidad tiene la comunidad? Cuánta el arrendador? Y yo si no quiero saber nada de esa actividad? Llevo durante dos veranos, soportando las molestias que genera el piso superior, cuyo propietario se dedica a alquilarlo en temporada por días y por habitaciones; esta ley me va a proteger más? He hecho todo lo que está en mis manos para poner fin a esta situación y, cuando el arrendador es un pillo, cuesta muchísimo cesar esa actividad. No creo que esta ley acabe fin con este tipo de delitos (ojalá me equivoque!) si no se ponen los medios adecuados y, sinceramente, creo que estamos muy lejos de llegar a esa situación ideal. El tiempo lo dirá, mientras tanto, a hacer cash, que parece que es lo único que le interesa a los creadores de esta ley...
Aquí hay un conflicto de intereses que conculca mis derechos de salud, seguridad e higiene expresados en nuestra Constitución. ¿Quiénes son mis vecinos para determinar si yo puedo descansar por las noches y vivir con higiene y dignidad? Que las propias autoridades propongan a la ciudadanía transgredir sus más básicas normas de convivencia es un abandono de toda responsabilidad política. Lo que está viviendo Ibiza es propio de un pueblo inculto, mezquino y servil.
El Govern o sus jefes los hoteleros?