La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a un conductor a indemnizar con 12.700 euros a la propietaria de una tienda por los perjuicios derivados de un accidente que el hombre provocó al invadir el carril contrario.
En concreto, la indemnización cubre tanto los gastos que tuvo que afrontar la víctima como consecuencia del accidente como el lucro cesante en su actividad como propietaria de un negocio.
El accidente tuvo lugar en agosto de 2013 en la carretera de Cala Jondal (Ibiza). La colisión se produjo porque el todoterreno que conducía el hombre, de matrícula holandesa, invadió el carril contrario.
La Audiencia ha estimado un recurso presentado por la mujer contra otra sentencia anterior que desestimaba su pretensión por prescripción de la acción.
Los magistrados de la Audiencia han revocado esta decisión ya que el abogado de la mujer intentó presentar la reclamación antes, pero no pudo hacerlo por un fallo informático en el sistema Lexnet. Teniendo en cuenta esa fecha, la Sala declara que no había transcurrido el plazo de un año para la prescripción de la acción de reclamación.
La mujer reclamaba una indemnización para cubrir gastos que tuvo que afrontar como consecuencia del accidente y por las ganancias que dejó de percibir en su negocio.
La Audiencia ha aceptado que se le abonen costes por alquilar un vehículo, taxis y tickets de autobús a los que tuvo que recurrir mientras su coche estaba en el taller; gastos de farmacia y gastos derivados de la necesidad de cambiar de categoría de encargada a una empleada de su tienda.
La Sala no ha admitido la reclamación por los gastos de unas gafas, al entender que no se han probado los daños sufridos en este apartado.
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