En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Séptima de la Audiencia de Madrid le condena como responsable de nueve delitos de abusos sexuales a menores de trece años, pero le absuelve de un delito de abusos sexuales así como de otros tres casos al tratarse de una falta de vejaciones, ya despenalizadas.
El condenado deberá hacer frente a una indemnización de 49.500 euros -5.000 por los delitos de abusos sexual y 1.500 por las faltas de vejaciones- y se declara la responsabilidad civil subsidiaria del Colegio Vallmont.
La Sala le impone al profesor 45 años de inhabilitación para ejercer como docente, maestro o cualquier otra profesión y actividad en la que tenga contacto con menores de edad.
El tribunal señala que el máximo de cumplimiento de la pena será el triple de la más grave de las impuestas, cinco años y un mes de prisión, por lo permanecerá encarcelado quince años y tres meses, si bien hay que descontarle los dos años que lleva el exprofesor en prisión provisional, desde el 27 de febrero de 2015.
De hecho, la Sala ha convocado a las partes para celebrar una vistilla sobre su inmediato ingreso en prisión a petición de la Fiscalía.
Con todo, los magistrados recuerdan que esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.
La resolución considera probado que el acusado, aprovechándose de su condición de maestro y tutor de los menores, se ganó la confianza y el respeto de los alumnos, niños de entre 8 y 10 años, a los que con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales realizó diferentes tocamientos, tanto por encima como por debajo de la ropa interior.
«Todo ello ocurrió en un número indeterminado de ocasiones durante dos cursos escolares», que era el tiempo que los niños permanecieron con él, añade la resolución.
En su sentencia condenatoria, la Sala da por buenos los testimonios de los menores, tras valorar la ausencia de modificaciones esenciales en su relato, la concreción en la exposición de los hechos y la carencia de contradicciones.
Todo ello supone «una persistente incriminación desde la declaración inicial, tanto en sede policial como judicial».
Los magistrados destacan además la reiteración delictiva durante años y estiman que ésta «deriva de que en todos los casos analizados el acusado desplegó una actividad continuada sobre los menores, que en todos los casos describieron la conducta como habitual, con frecuencias mayores o menores, pero que en ninguno de los casos se contrajo a un solo episodio».
El tribunal entiende que debe producirse una reparación del daño con independencia de las lesiones materiales, por la importancia del bien jurídico a proteger, la indemnidad sexual, al margen del modo en que esta afectación haya sido apreciada por los menores, en tan crítica edad cuando los hechos acontecen.
En el juicio, cuyas ocho sesiones se celebraron a puerta cerrada -incluida la declaración del acusado, un hecho que no se veía en Madrid desde 2008-, el procesado se declaró inocente y aunque reconoció que es un docente «cariñoso», negó tajantemente haber abusado sexualmente de los niños.
Dijo que esas «muestras de cariño» hacia los niños conllevaban a veces «algún beso» en la mejilla, como hacían sus compañeros del Vallmont de manera normal, aunque quiso dejar claro que «jamás con un trasfondo sexual».
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