El juzgado número uno de primera instancia, encabezado por la magistrada May El-Youssef, dictó sentencia condenatoria contra el abogado Andrés Tuells acusado de calumnias e interposición de denuncia falsa contra la abogada Ascensión Joaniquet y el magistrado José Espinosa. En cuanto al otro acusado, Roque López, la juez dictó sentencia absolutoria de todos los cargos.
Así, el Tribunal condena a Andrés Tuells, que no tiene antecedentes, a cumplir una pena de dos años de prisión y a indemnizar a la letrada Joaniquet con 300.000 euros y al magistrado Espinosa con 350.000 euros. Además deberá pagar una multa de 24 euros al día durante 24 meses, es decir, 17.520 euros. Una sentencia contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
La juez considera que Tuells interpuso una querella contra Espinosa y Joaniquet aún sabiendo que la acusación era falsa. Recordemos que en marzo de 2009 Roque López bajo la dirección de su letrado en aquel momento, Andrés Tuells, presentó una querella contra Ascensión Joaniquet y Jose Espinosa. Acusaba a la letrada Joaniquet de sobornar al juez Espinosa con el objeto de obtener resoluciones favorables en el caso Eivissa Centre, en el que intervenían ambos. Concretamente, López y Tuells acusaron a Joaniquet de pagar una deuda de la esposa del magistrado de su propio bolsillo, unas acusacionessobre las que el Tribunal Superior de Justicia de Balears dictó sobreseimiento libre por no encontrar ningún indicio de delito, pues Joaniquet sólo hizo de intermediaria, a través de su bufete de abogados, de los pagos de la Sra. Montaña (esposa de Espinosa) a su deudora la Sra. Díaz, debido a la mala relación existía entre ambas.
Tras dicha sentencia, tanto Espinosa como Joaniquet interpusieron una querella contra López y Tuells por calumnias, ya que hicieron difusión de estos hechos en la prensa local y nacional, y por denuncia falsa. La sentencia condenatoria actual es fruto de esta última querella.
La juez considera que queda acreditado que Tuells «era perfecto conocedor de que no podía existir una relación de causalidad entre los recibos que basó su denuncia y el contenido de las resoluciones del juez Espinosa» y por ello «se considera acreditado que interpuso la denuncia con conocimiento de falsedad de los hechos que imputaba», recogió la sentencia.
Respecto a Roque López, la jueza tiene serias dudas de que «interpusiese la denuncia teniendo el mismo conocimiento de la realidad de la relación entre la Sra. Montaña y la Sra. Díaz» y por ello «debe procederse a su absolución», dictó la magistrada.
Por otro lado, el Tribunal considera probado el perjuicio tanto moral como profesional por la acusación falsa de soborno, ya que se dio a conocer en la prensa llegando a tener una difusión a nivel nacional. «Queda acreditado el impacto en el ámbito emocional, personal y profesional experimentado por el magistrado Espinosa, dada la difusión pública de los hechos», así como sobre la abogada Joaniquet que «se vio afectada en su actividad profesional, al haberse difundido públicamente que había sobornado a un juez, sino que también tuvo que recibir asistencia médica», describió el dictamen judicial.
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