El domicilio desde el que se perpetró el fraude se encuentra en esta zona de la avenida Pedro Matutes Noguera.

El acusado, con domicilio en la avenida Pedro Matutes Noguera de Eivissa, alegó también en la vista oral, además de «depresión», «estado de necesidad». De hecho, la estafa, perpetrada entre mayo de 2007 y agosto de 2007, fue descubierta después de que una vecina que se sintió perjudicada denunciara una posible conexión ilegal a la compañía. El equipo antifraude de Gesa no detectó las irregularidades porque el consumo era «residual», un cinco por ciento de la capacidad que tenía el usuario. Éste, de profesión electricista, dijo en su juicio que sólo usaba la electricidad para conectar una radio, un televisor y una nevera. «Y cuatro bombillas que tengo», añadió.

La responsable del juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa lo ha condenado a pagar una multa de 2.840 euros como presunto autor de un delito de defraudación de energía eléctrica.

La juez Clara Ramírez, titular de este juzgado, sin embargo, lo ha absuelto por falta de pruebas de aprovecharse de la instalación de la vecina que le denunció, persona con la que ha cruzado otras denuncias por las malas relaciones que ambos tienen.

«Lleva mucho tiempo haciéndome la vida imposible. Tiene puesta la radio a todo volumen hasta las dos de la madrugada, me echa agua en la ropa tendida y sale desnudo a la ventana para que lo vea cuando estoy desayunando», explicó en la vista oral.

La afectada se decidió a denunciar esta vez a su vecino al sentirse perjudicada en tres ocasiones. Según su versión, en el caso más grave, según ella, al manipular su contador le dejó sin luz y al volver a su casa se encontró con la nevera podrida.

La situación del acusado se complicó durante este tiempo porque la propia Gesa resolvió que era imposible legalizar su situación porque éste carecía de cédula de habitabilidad para su vivienda. El año que duró el fraude, al conectarse directamente a la red principal de la compañía, la factura, obtenida haciendo una media del consumo que se le atribuyó, se elevó a 873,33 euros. La sentencia judicial, al parecer ahora recurrida, obliga asimismo al infractor a abonar esta cantidad a Gesa.