El marinero desembarcó poco después de que el pesquero, con base en uno de los puertos de la costa levantina, arribara en Eivissa. Horas después el pescador se hallaba arrestado en los calabozos de Comisaría y pendiente de que el armador le comunicara su despido de manera oficial. Alegando insolvencia, ni siquiera pudo comparecer en las distintas ocasiones que fue citado para ser juzgado en Eivissa por los desenfrenos de una «juerga» en solitario que le ha costado un condena de dos años de prisión.
La juez que le ha hallado culpable, sin embargo, ha entendido que iba muy bebido cuando ocurrió todo en la tarde noche del pasado 5 de marzo, circunstancia que se recoge como atenuante. El marinero en su haber ya tenía dos condenas por conducir ebrio.
La titular del juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Ramírez de Arellano, ha considerado probado que el pescador cometió un robo con violencia tras zarandear y agarrar del cuello a la dueña de un bar de es Pratet en el que entró primero, se supone que ya muy borracho, antes de causar un grave altercado en el que resultó con un dedo roto el marido de la dueña. No se fue del primer establecimiento sin antes apoderarse de 180 euros que arrebató a la víctima.
Tras huir de este sitio, al parecer profiriendo distintas amenazas, accedió a otro bar del mismo barrio. Su objetivo principal en esta ocasión fue la máquina tragaperras de este local. Por tres veces cambió billetes de 20 euros y por tres veces gastó todas las monedas que le entregado. Dejó a deber otros dos billetes al tiempo que saciaba su sed entre jugada y jugada con cinco chupitos de whisky Cardhu. Todo acabó fatal después de que se negara abonar sus deudas y terminara atacando, sin mayores explicaciones, a un cliente de nacionalidad marroquí al que tiró al suelo. El regente del bar, ante lo que sucedía, se armó con una barra de hierro e instó al marinero a que cejara su actitud. El acusado forcejeó entonces con dicha persona, que estaba parapetado detrás de la barra, hasta que le rompió un dedo. El juez también le condena por todos estos hechos a una falta de amenazas y a otra de lesiones, penadas con sendas multas.
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