01/08/08 0:00
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que se presentó contra la sentencia de la Audiencia Provincial por la que se condenaba a tres años de prisión a un vigilante de seguridad de la empresa Prosegur que en agosto de 2004 se apropió de 200.000 euros de un furgón que desde el aeropuerto de Eivissa debía hacer un traslado de dinero. El Alto Tribunal entiende que no se vulneró ningún principio constitucional, tal y como se apeló, ratificando, de esta manera, el fallo que en junio de 2007 dictó la Sección Primera de la Audiencia Provincial.
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