Los casos de maltrato cuentan con amparo judicial y se benefician de la normativa de los juicios rápidos.

El juzgado de Eivissa que se encarga de tramitar los asuntos de violencia doméstica, el número 4, recogió durante el año pasado un total de 533 asuntos de maltrato, 489 de ellos por delito. Una tercera parte de estos casos terminó en sobreseimiento después de que, a través de la instrucción que permite la normativo de juicios rápidos, se pudiera esclarecer que en estas discusiones de pareja no ocurrió presuntamente nada que, con el beneplácito del fiscal, motivara la continuación de diligencias. El juez acordó la medida cautelar más grave, la de ingreso en prisión por existir un claro peligro potencial para la integridad de la denunciante, tan sólo en 34 ocasiones.

Las estadísticas facilitadas por este mismo juzgado también demuestran que se pudo actuar con celeridad para resolver los casos, evitando un alargamiento de procesos de los que se podrían derivar un aumento de conflictividad de las parejas afectadas. A los 135 sobreseimientos que se constataron se pueden sumar otras 93 causas (86 de ellas delitos) que concluyeron en condenas para los acusados. Nueve personas fueron absueltas en juicios de faltas. La mitad de los acusados eran españoles. La mayor parte de las denuncias fueron por amenazas y lesiones leves. El juzgado dictó 141 órdenes de protección.

El resto de los procedimientos, quedó pendiente de resolución al verse implicadas otras vías judiciales, como es la participación de alguno de los dos juzgados de lo Penal de la isla. En estos últimos, también es habitual que se dicten absoluciones directamente después de que el fiscal, ya con el juicio empezado, retire la acusación al 'descolgarse' la víctima diciendo que no tiene miedo y justificando su denuncia por un momento de acaloramiento.

«La realidad es muy compleja y a la ley le falta flexibilidad en su carácter punitivo y, a la hora de poder calificar, más discrecionalidad para poder aplicar lo que es grave y lo que es leve», señaló al respecto el responsable de este juzgado, el magistrado Santiago Pinsach.«Pero, pese a las críticas que se hace a la ley por estos motivos, también es un gran acierto que se puede ser contundente cuando es necesario y eso se agradece», añadió.

El responsable de este juzgado también mostró su preocupación por la «instrumentalización del proceso penal» por personas que intentan, con ello, verse beneficiadas en litigios de separación donde pueden mediar cuestiones como la propiedad de la vivienda o la custodia de los hijos. A su juicio, toda esta situación «perjudica realmente a la mujer que verdaderamente sufre maltrato».

Sensibilidad
El juez Pinsach, asimismo, valoró la gran sensibilidad que existe en la sociedad ante estos temas. «Tienen una gran trascendencia. Lo positivo es que ha animado a que salgan casos que estaban ocultos, pero tiene como aspecto negativo que hay quien no valora adecuadamente los aspectos positivos de la ley. Por eso es importante que la mujer distinga antes de denunciar», concluyo Pinsach, quien, además, apostó por «invertir» en mediación porque «los casos graves surgen de deterioros donde ésta no ha existido».

«El objetivo es proteger a la mujer que realmente está siendo maltratada, que sufre una situación de dominio y de discriminación. Esto es distinto de lo que puede ser una crisis en la pareja, de un hecho puntual que puede afectar a cualquier persona. Es difícil porque no quiere decir que se interponga una denuncia falsa sino que surge por situaciones de gran nerviosismo y tensión, de crisis emocional sin más, que se podrían resolver en la vida privada», explicó el juez Pinsach.El magistrado valoró que esta tendencia a llevar al terreno del juez cualquier contrariedad de la pareja parte de «un problema social de pérdida de legitimación de figuras que antes mediaban como era un sacerdote o la policía». «Se está acudiendo al juez como si fuera lo único y lo ideal es buscar de soluciones de mediación, de asistencia psicológica y de reeducación», agregó.