La jueza proclama la que la confianza que la ley deposita en la víctima no puede ser usada como «arma arrojadiza».
«La credibilidad que otorga la ley a las víctimas de malos tratos no puede convertirse en arma arrojadiza en cualquier situación de crisis de pareja (...) y bajo ningún concepto puede ser utilizada de forma discriminada y arbitraria para amparar situaciones de picaresca como ocurre en el presente caso». En esta sentencia la jueza del Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Ramírez, se refiere al caso de G.T.D., una mujer de nacionalidad argentina que en tres meses de 2004 denunció a su ex pareja en ocho ocasiones por presuntos malos tratos y amenazas. Todas las denuncias fueron consideradas falsas y por tanto fueron desestimadas. En una de ellas, además, fue ella quien acabó siendo condenada por malos tratos sobre su ex pareja, M.Z., de nacionalidad suiza.
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