La Audiencia Provincial ha ratificado una condena de un año y medio
de prisión que en su día interpuso un juzgado de lo Penal de
Eivissa para un joven de la isla que tuvo que sentarse en el
banquillo al ser procesado por un delito de obstrucción a la
justicia. El sospechoso fue acusado entonces de intimidar y agredir
a un testigo de un caso de maltrato del que fue víctima su pareja,
causa por la que posteriormente tanto los juzgados de la isla como
este mismo tribunal le impusieron una pena de ocho meses de
prisión.
Los hechos se remontan a mayo de 2004 y tres días antes de que
dicha persona tuviera que ir al juzgado para responder de la
denuncia que le interpuso su mujer dos meses antes. En ella la
mujer relató que recibió una bofetada de su ex compañero después de
que éste se presentara en su domicilio. Según la sentencia que se
dictó en su día, la afectada se golpeó la cara contra una pared
como consecuencia del bofetón que le propinó quien fuera su pareja
cuando ésta se hallaba en la puerta de entrada.
El acusado coincidió en la madrugada del 28 de mayo con un amigo
de su ex mujer en una discoteca de Eivissa, sitio donde éste
recibió de súbito un puñetazo en un ojo después de que el otro le
abordara y tras varios insultos le dijera: «Tú no tienes que ir a
declarar en contra mía porque no sabes nada». La agresión ocasionó
al testigo una hemorragia subconjuntival en su ojo izquierdo. Ello,
sin embargo, no le impidió tres días después comparecer en los
juzgados para declarar en el proceso por maltrato que el juzgado de
lo Penal número 2 había señalado contra dicha persona. Otro
juzgado, al mismo tiempo, abrió diligencias durante estos días para
aclarar si esta misma persona había incurrido en un posible delito
de obstrucción a la justicia.
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