La Audiencia Provincial ha ratificado una condena de un año y medio de prisión que en su día interpuso un juzgado de lo Penal de Eivissa para un joven de la isla que tuvo que sentarse en el banquillo al ser procesado por un delito de obstrucción a la justicia. El sospechoso fue acusado entonces de intimidar y agredir a un testigo de un caso de maltrato del que fue víctima su pareja, causa por la que posteriormente tanto los juzgados de la isla como este mismo tribunal le impusieron una pena de ocho meses de prisión.

Los hechos se remontan a mayo de 2004 y tres días antes de que dicha persona tuviera que ir al juzgado para responder de la denuncia que le interpuso su mujer dos meses antes. En ella la mujer relató que recibió una bofetada de su ex compañero después de que éste se presentara en su domicilio. Según la sentencia que se dictó en su día, la afectada se golpeó la cara contra una pared como consecuencia del bofetón que le propinó quien fuera su pareja cuando ésta se hallaba en la puerta de entrada.

El acusado coincidió en la madrugada del 28 de mayo con un amigo de su ex mujer en una discoteca de Eivissa, sitio donde éste recibió de súbito un puñetazo en un ojo después de que el otro le abordara y tras varios insultos le dijera: «Tú no tienes que ir a declarar en contra mía porque no sabes nada». La agresión ocasionó al testigo una hemorragia subconjuntival en su ojo izquierdo. Ello, sin embargo, no le impidió tres días después comparecer en los juzgados para declarar en el proceso por maltrato que el juzgado de lo Penal número 2 había señalado contra dicha persona. Otro juzgado, al mismo tiempo, abrió diligencias durante estos días para aclarar si esta misma persona había incurrido en un posible delito de obstrucción a la justicia.