La causa fue vita por un juzgado de lo Penal de Eivissa.

J,.J.M./J.F.M.
La decisión judicial de considerar que el acusado sólo era merecedor de una multa de menor cuantía y no de la inhabilitación profesional (hasta dos años y medio) se ha llevado a cabo después de valorar que la paciente, una mujer ibicenca de unos 50 años, también sufría en la pierna de la que fue intervenida por error la misma dolencia por la que se había previsto la operación.

El facultativo tuvo que sentarse en el banquillo para responder de un presunto delito de imprudencia grave con resultado de lesiones, según la información recogida por este periódico.

La defensa del médico durante el juicio, celebrado el pasado mes de junio, insistió en que si hubo error «no se generó daño» al entender también que con la artroscopia y limpieza de menisco que se sometió a la afectada se le curó de otro mal que padecía. «El elemento fundamental», dijo el abogado defensor durante su alegato, «es el lesivo y si no hay daño no hay responsabilidad».

Dicha operación se llevó a cabo el 9 de mayo de 2000. La paciente, que luego denunció lo sucedido, se sobresaltó tras salir del quirófano y darse cuenta de que llevaba una venda en la pierna contraria de la que la estaban tratando.