«No ha existido complicidad o aquiescencia de los órganos de la Comunidad de Propietarios con los propietarios infractores», asegura el abogado Ramón Conde Ortega en su escrito de contestación a la demanda interpuesta por la compañía afincada en las Islas Barbados.
Según desgrana Conde ante el juez instructor de la causa, la junta de propietarios en ningún momento ha permanecido inactiva ante las denuncias vecinales, ya que «ha cumplido lo acordado en las diferentes juntas generales, junto a la prescripción estatutaria y demás normativa de aplicación, persiguiendo, en suma, las actividades prohibidas en el edificio con la consiguiente indagación y averiguación de las pruebas suficientes».
En este sentido recordó que, cuando se tuvo conocimiento de que una vivienda podría estar siendo utilizada como piso turístico, «actuó y sigue actuando», aunque reconoció que, a veces, «es difícil poder demostrar y probar si un alquiler es legal o de corta duración vacacional».
Control de acceso
Para poder lograr estas pruebas, la Comunidad de Propietarios procedió, entre otras cosas, a realizar un control de acceso al edificio y a la instalación de 57 cámaras de seguridad. Una vez recabadas estas evidencias, se procedió a interponer las pertinentes denuncias ante el Consell d'Eivissa.
Este extremo fue confirmado por la máxima institución de la isla, que confirmó que personal del departamento de Lucha contra el Intrusismo había realizado varias inspecciones en el edificio «y se han abierto diligencias». Asimismo, desde el Consell excusaron no dar más detalles de los expedientes abiertos «hasta que no se resuelvan».
El pasado 22 de enero el juzgado de Primera Instancia número 3 de Ibiza dictaminó, de manera cautelar, el cese inmediato de la comercialización para uso turístico de viviendas en el edificio Life Boas de la ciudad de Ibiza, un edificio plurifamiliar emblemático al haber sido diseñado por el premiado arquitecto Jean Nouvel.
El magistrado adoptó esta decisión al estimar que existen «claros indicios» de la explotación de determinadas viviendas de este edificio para uso turístico, algo que está terminantemente prohibido en sus estatutos, y ante la pasividad mostrada por la Comunidad de Propietarios, según señaló el magistrado en su auto.
Una medida cautelar que aplaude en su escrito el abogado de la Comunidad de Propietarios, aunque discrepa de que haya habido «pasividad» por parte de sus representados.
El apunte
«Entramado o negocio turístico»
7 comentarios
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@Claudia, un ejemplo, cada reserva que entra a traves de esos portales conleva el pago de una comision a dicho portal, la comision alguien la tiene que pagar de lo contrario la cuenta viene bloqueada. Medios no faltan, solo hay que querer utilizarlos. Otra cosa es que quien tenga que actuar en contra de eso sea el mismo que esté trayendo beneficio del chanchullo. Ahi esos italianos que roban por todas partes... lamento mucho decirte que hay mas españoles de cuanto quieras admitir metidos en esos "negocios"...
@Dona te lo planteo: el inspector hace la reserva, va al piso y se lo presenta un chico italiano. ¿Contra quién actúa? No vale decir pillo al primero que pasa por aquí, sino que la ley dice que paga el que explota el piso. ¿Cómo demuestras que ese chico (que 100% probable es un empleado) es el explotador? No, no lo puedes suponer o inventar. Tienes que demostrar quién es el explotador. Otro caso que se da mucho. Llegas y no hay nadie, sino una cajita donde pones un código que te envían desde ese portal y nadie te entrega el piso. ¿A quién sancionas? No es tan sencillito como planteas...
de verdad es tan complicado que algun inspector haga una reserva en esos portales y el día del check-in se presente para pillarlos con las mano en la masa?
las cosas son dos, o nos toman por tontos o son tontos los del Consell y panda. Con buscar en un famoso portal de alquiler vacacional salen disponibles apartamentos en el edificio con fotos y comentarios sobre la supuesta anfitriona Ana...
En fin mi QUEDO con la( REALIDAD) gracias vecinos por DENUNCIAR .
La justicia no se ha inhibido porque hay un auto de un juez. Parece que la discusión es sobre la duración de los alquileres, ya que parece que el alquiler turístico está prohibido en el estatuto de la comunidad de vecinos. Ahí pasa algo mas... No se explica a que intereses representa la empresa demandante SFP Investment Corporation "con sede en Barbados" ¿?... ¿serán vecinos disconformes por no participar en el negocio?
Otro claro ejemplo de la ineptitud política y la justicia que se inhiben totalmente de aplicar la ley. Ahí abrir propietarios del jugadores de fútbol del Barcelona, que han comprado pisos para invertir y alquilar igual que hay un montón de casas por la isla que hacen lo mismo, pero el daño que nos hacen a los vecinos es inmenso,por culpa del pumba Pumba