Dos años de prisión y una orden de alejamiento de cinco años respecto a la víctima. Es la pena impuesta ayer a un hombre de 61 años juzgado en la Audiencia Provincial como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa tras acuchillar a un hombre en la terraza de un bar de Sant Antoni, en septiembre de 2020.
Según informaron fuentes judiciales, el individuo reconoció los hechos ante un tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia y ratificó el acuerdo de conformidad alcanzado previamente entre la Fiscalía y su defensa. Inicialmente, el Ministerio Fiscal solicitaba ocho años de prisión, orden de alejamiento e indemnizar a la víctima con 11.406 euros.
El acusado, que cuenta con antecedentes penales, se encuentra en prisión provisional por estos hechos desde el 28 de septiembre del pasado año.
Según el escrito de acusación, el procesado golpeó a la víctima en la cara. Posteriormente le arrebató un llavero que portaba una navaja multiusos y le dio dos pinchazos «con la intención de quitarle la vida».
La navaja tenía una hoja de ocho centímetros. Según el escrito de acusación, el acusado «contemplaba que existía el riesgo de alcanzarle algún órgano vital» y era «consciente de que al actuar de este modo podría causarle la muerte a la víctima», que sufrió un hemotórax de dos litros.
El Ministerio Fiscal relató que a consecuencia de estos hechos, el hombre de 49 años sufrió heridas y hemorragias internas de tal gravedad que requirió asistencia médica urgente, fue sometido a una intervención quirúrgica y precisó de transfusión sanguínea.
La víctima tardó más de un mes y medio en recuperarse de las lesiones surgidas a raíz de la agresión con el arma blanca y, desde entonces, tiene dos pequeñas cicatrices en el tórax y en la axila.
Juicio por drogas
Por otra parte, la Audiencia Provincial señaló para mayo el juicio contra un joven de 31 años al que la Fiscalía solita una pena de cuatro años y nueve meses de prisión y multa de 1.200 euros por un delito contra la salud pública.
El acusado fue detenido por la Guardia Civil cuando se disponía a entrar a una discoteca de Sant Antoni con decenas de dosis de cocaína, MDMA, anfetamina y cannabis. Ayer, en la vista previa, rechazó un acuerdo de conformidad.
2 comentarios
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Está exento de responsabilidad criminal el que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes: Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas. Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor. art 20.4 cp Falta el elemento del 100 gramo,, ojalá no se FUGA una vez tiene la condena,, según van cantando por ahí..,
Como ha escrito en el otro ARTÍCULO!!! ese personaje busca DINERO como la otra que acuchillo ala guardia civil en navidades,, esa gente bebe 2 cervezas 🍺 y empiezan a cantar y señala la miniarma blanca,, es justa la sentencia a mi punto de VER.