La Comisión de Ética Pública de las Illes Balears (CEP) ha exonerado de todos los cargos de presuntas irregularidades que se imputaban a la exdirectora general de Innovación, Nuria Riera.
El organismo responde con su acuerdo a la consulta formulada por la Oficina anticorrupción de las Illes Balears (OAIB) en relación a la presunta irregularidad por el cobro de la indemnización por residencia, al tener una vivienda en propiedad en Mallorca.
La CEP considera que Riera no cometió «hechos o conductas contrarias al Código Ético firmado en el momento de su nombramiento por el hecho de haber cobrado la indemnización por residencia. Considera, por tanto, razonables las explicaciones que la exdirectora general dio en sus escritos de alegaciones, «sin que se observe intencionalidad o voluntad deliberada de cometer actos dolosos al no regularizar su situación de empadronamiento.
Considera probado que Riera ha tenido residencia real y continuada en Ibiza durante todo el tiempo que ejerció su cargo como directora general, a pesar de que el registro de empadronamiento no hubiera reflejado esta situación hasta finales de junio de 2019.
Explica el órgano que el certificado de empadronamiento es un indicio, pero no una prueba determinante que acredite la residencia real de una persona, especialmente cuando existen otros documentos que indican lo contrario, como queda acreditado en este caso.
Un acuerdo que supone, por tanto, el reconocimiento exculpatorio, que el órgano hace público para que sirva para «compensar el daño que el dilatado procedimiento ha causado en la persona interesada.
Cabe señalar que la propia OAIB consideró en su momento que Riera cumplía «formalmente los requisitos establecidos en la normativa para recibir la indemnización por residencia», pero a pesar de ello planteó ante el CEP un procedimiento por presunto incumplimiento del Código Ético.
Verdad formal y material
El CEP valora a la hora de emitir su veredicto que existe una verdad formal, conforme a la documentación administrativa, y otra material que es la que permite considerar que Nuria Riera no cometió irregularidad alguna, ni siquiera desde el punto de vista ético.
Así, si bien Riera estuvo empadronada en Palma desde junio de 2005 a a junio de 2019, desde el 1 de febrero de 2018 tuvo la vivienda de su propiedad alquilada a una familia que residía en ese domicilio cuando ella fue nombrada directora general. En sus declaraciones de la renta consta la tributación por este alquiler y ella manifestó en su momento que decidió seguir residiendo en Ibiza y no utilizar esa casa por no desahuciar a la familia a la que tenía alquilada.
«Parece lógico pensar», considera el acuerdo, «que, desde el momento en que el inmueble propiedad de Riera fue alquilado, se convirtió en la residencia habitual del arrendatario, dado que había adquirido mediante contrato el derecho de uso exclusivo del inmueble a cambio de un pago mensual».
Vulneración del honor
Por otra parte, la CEP indica desconocer la vía por la cual los medios de comunicación se hicieron eco de la denuncia, con lo que «se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y a la protección de datos personales».
Estas filtraciones de las investigaciones de la OAIB «ha puesto en entredicho la honorabilidad y el buen nombre de la persona investigada».
Es por ello que insta a partidos políticos y medios de comunicación a llevar a cabo un debate público de la responsabilidad que implican hechos de este tipo, «evitando el encarnizamiento sobre personas particulares».
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