Policías locales de la isla de Ibiza consultados por este periódico manifestaron ayer que, con la actual normativa sanitaria autonómica de contención del coronavirus, la comida de Can Botino del pasado lunes podría haber tenido como resultado un levantamiento de acta por haber incumplido las diferentes prescripciones reflejadas en el acuerdo del Consell de Govern del 12 de marzo, que salió publicado el día 13 de marzo en el BOIB. Cabe destacar, además, que según ha podido saber este rotativo, la Policía Local de Vila al parecer no tuvo conocimiento de que se estaba celebrando este encuentro-comida privada en el interior de Can Botino, en concreto, en el salón de plenos.
Por otra parte, otras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado consideran que, en base a la normativa, este encuentro-comida privada no sería objeto de sanción.
Es preciso señalar que muchos de los policías locales de la isla no reciben ningún tipo de información sobre las modificaciones de la normativa anticovid, por lo que deben basar sus conocimientos de las normas en las búsquedas que realizan por internet, con el consiguiente caos informativo que ello conlleva a la vista de toda la normativa existente.
Norma, según interpretaciones
El acuerdo del Consell de Govern de 12 de marzo de 2021 y publicado en el BOIB número 35 de 13 de marzo señala en su página 9.150, en el apartado ‘c' relativo a las medidas en el ámbito del desarrollo de la actividad laboral , profesional o funcionarial dice que «el desarrollo de la actividad laboral o funcionarial se ha de llevar a cabo preferentemente en régimen de teletrabajo, siempre que este régimen de prestación no sea incompatible con las características del puesto de trabajo».
Asimismo, este mismo punto recalca que «se recomienda evitar reuniones de trabajo o profesionales hechas de manera presencial».
Poco después, en la página 9.153, en el apartado quinto en el que se habla de las reuniones y encuentros familiares, el acuerdo de Consell de Govern destaca que «no están incluidas en la limitación que prevé este punto las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes». La no inclusión no significa, tal y como defienden desde el Govern y desde el Ayuntamiento, que puedan saltarse las normas. Todo lo contrario, significa que tienen su propio punto en el que se desarrollan las limitaciones (el transporte público en el apartado ‘j', la comunidad educativa en el apartado ‘e' y el ámbito de trabajo y funcionarial en el apartado ‘c').
Asimismo, en el apartado ‘i', se especifican las restricciones en el ámbito de la restauración y hotelería. Allí se especifica claramente que no se puede servir en el interior de los establecimientos, ni comida ni bebida. Ese mismo día, y en ese mismo BOIB, se publica el decreto 27/2021 de la presidenta que, con un detalle mínimo sobre las restricciones, deja sin especificar muchas de las limitaciones y recomendaciones que se incluyen en el acuerdo del Consell de Govern de ese mismo día.
10 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
Señores de este periódico, ya empiezan a enterrar esta noticia de manera vergonzosa, mañana 23/03 ya no saldrá nada.........da que pensar.
Si no sancionan a los energúmenos que van sin mascarilla,a los bares y terrazas que superan el aforo, como para sancionar a la catalanista
Todos sabemos que en las comidas de trabajo se trabaja poco.Hubiese sido más razonable parar para comer cumpliendo todas las normas y reanudar la sesión sin problemas . Sensibilidad social lo llaman .
iEl no denunciar una infraccion es un delito: TÍTULO PRIMERO De la denuncia Artículo 259 El que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez de instrucción, de paz, comarcal o municipal, o funcionario fiscal más próximo al sitio en que se hallare, bajo la multa de 25 a 250 pesetas. Artículo 259 redactado por Ley 14 abril 1955 («B.O.E.» 15 abril), por la que se modifica la base económica de algunos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y por que no las hecho???? Es más fácil sancionar a una persona de la calle que a esos que se creen más que nadie, no os justifiquéis y actuad como deberíais haber actuado , independientemente de quien se trate , ya esta bien!!!!
A Vllera: creo que no hace falta una encuesta que sabemos todos de antemano la respuesta..........cero. No hemos podido juntar ni con familias ni amigos y mucho menos comidas de trabajo. Pero claro aquí las normas son para cumplir 'casi' todos.
El servilismo, sumisión y adulación de Rafa Ruiz con respecto a Francina Armengol es para hacérselo mirar ¿ Es así como un político tiene que progresar en el escalafón ?. Realmente no me importaría si no fuera que en teoría me está representando a mí y a mi ciudad y al final los pelotillas, los ninguneados y los sumisos somos mi ciudad y yo
Siguiendo la línea de poli de Vila, si era una reunión de trabajo debería figurar como tal en las agendas de Armengol y Ruiz y se habrían hecho la correspondiente foto. En el momento que quitando los propios comensales y la empresa que les sirvió la comida/picoteo, se entiende que es una reunión privada y se les debería aplicar la normativa y como señala la misma lo aconsejable hubiera sido una reunión por videoconferencia. Por qué no hace este diario una encuesta de cuantos ciudadanos (empresarios y trabajadores) han hecho en este último año comidas de trabajo.
Primero, los encuentros y comidas privadas se realizan en lugares de ámbito privado NO PÚBLICO. Si un funcionario ( o con más razón un cargo público ) utiliza el lugar de trabajo o material de trabajo para usos particulares por supuesto que es sancionable. Si obviamos los nombres y el lugar lo convertimos en 'privado' por supuesto que por muchísimo menos hemos se ha denunciado
Si es sancionable o no da igual porque después en todo caso después se extravía la acta i listo. Como pasó con lo de barmengol y ahora tenemos el baruiz.