Un total de 60 días de trabajos para la comunidad, prohibición de tenencia de armas y de comunicarse o aproximarse a menos de 100 metros de la víctima por espacio de dos años. Es la condena impuesta ayer por la titular del juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza, Clara Ramírez de Arellano, para un hombre juzgado por un delito de acoso a su expareja sentimental.
El acusado, que tiene antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, estuvo dos días privado de libertad después de ser detenido el pasado 21 de mayo por los hechos juzgados ayer.
La vista se celebró en las dependencias judiciales ubicadas provisionalmente en el Consell d'Eivissa y la magistrada titular del juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza dictó la sentencia in voce.
El auto recoge la petición fiscal de prohibir la aproximación a la víctima y también a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro espacio frecuentado por ella a una distancia inferior a 100 metros, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio.
Mensajes en redes sociales
Según el relato de los hechos juzgados, en agosto de 2018 la mujer le comunicó su voluntad de no continuar con la relación.
No obstante, el encausado ha enviado «multitud de mensajes al teléfono móvil y redes sociales, como Facebook o Instagram, viéndose la mujer obligada a bloquearle».
El relato de los hechos añade que además, el encausado «se presenta constantemente en todos los lugares que la víctima frecuenta, espacios como el gimnasio, el lugar de trabajo y los alrededores de su domicilio, creando en la mujer una sensación de temor y desasosiego».
Los hechos relatados son constitutivos de un delito de acoso recogido en el Código Penal.
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