Seis años y un día de prisión y una pena de multa de 80.000 euros. Es la condena impuesta ayer por un tribunal de la sección segunda de la Audiencia Provincial para un hombre de 44 años que fue arrestado al desembarcar con un coche en el puerto de Ibiza cargado con un kilo de cocaína y medio de heroína, entre otras sustancias estupefacientes.
El acusado, Jorge S.G., de 44 años y nacionalidad española, reconoció los hechos ante el tribunal que lo condenó por un delito contra la salud pública.
El Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente una pena de nueve años de prisión y 289.000 euros de multa para un encausado que contaba con varios antecedentes penales y condenas por delitos como hurto o conducción bajo los efectos del alcohol.
Cazado al llegar al puerto
Los hechos juzgados ayer se desencadenaron el pasado 23 de mayo.
Según el relato de los hechos, en torno a las 07.30 horas, el acusado fue sorprendido por agentes de la Guardia Civil que realizaban un control de pasajeros en el buque Nápoles, de la compañía Acciona, procedente de Barcelona.
Jorge S.G., conducía un vehículo Opel Vectra en el que los agentes localizaron tras realizar un registro una importante partida de drogas que el encausado pretendía vender en la isla.
Según el detalle de la intervención, los agentes hallaron un bloque de 996 gramos de cocaína con una riqueza del 83,8 por ciento, así como un bloque rectangular con 457 gramos de heroína con una riqueza del 49,6 por ciento.
La remesa de sustancias también incluía una bolsa de plástico con 62 gramos de cannabis, dos fragmentos de resina de cannabis con un peso de dos gramos, un envoltorio con casi 3 gramos de cannabis y dos fragmentos más de resina de cannabis con un peso de 150 gramos.
El conjunto de las sustancias habrían alcanzado un valor en el mercado de 72.397 euros. Además, los agentes intervinieron a Jorge S.G., un total de 310 euros en efectivo que llevaba entre sus pertenencias, un dinero que procedería de la venta de drogas.
Los hechos son constitutivos de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud y de notoria importancia. Además, la sentencia tiene en cuenta la agravante de reincidencia.
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