La jueza de la sala de lo Penal número 1 de Ibiza, Clara Ramírez de Arellano, dictó sentencia tras el acuerdo de conformidad alcanzado previamente entre el Ministerio Fiscal, acusación y defensa.
Mariano M. S., de 54 años, se enfrentaba a un petición inicial de 2 años y 6 meses de prisión y 255.221 de indemnización. El acusado aceptó la pena impuesta que quedará en suspensión por dos años si no vuelve a delinquir y cumple el pago de la indemnización.
Estafa
Los hechos juzgados se remontan al periodo 2008-2009. Mariano M.S., vecino de la localidad madrileña de Collado Villalba, solicitó a una empresa de créditos de financiación un total de 23 préstamos para la compra de 14 vehículos marca Santana 300 Hard Top Lujo y nueve turismos Fiat Punto.
Los vehículos adquiridos tenían como destino una empresa de alquiler de coches situada en Sant Josep, en las proximidades del aeropuerto de es Codolar.
Tras la adquisición de los 23 turismo, a partir de septiembre de 2009 el acusado empezó a devolver los recibos mensuales.
La devolución de las mensualidades destapó otra estafa ya que, según el relato de los hechos, el acusado había arrendado los vehículos a otra entidad localizada en la isla de Ibiza.
Mariano M.S., compareció por videoconferencia desde Madrid junto a N. I. S, pero el Ministerio Fiscal y la acusación particular retiraron las acusaciones contra esta mujer.
La querella presentada en un primer momento recogía los delitos de estafa, alzamiento de bienes, insolvencia punible y falsificación de documento mercantil.
Finalmente, las partes llegaron a un acuerdo de conformidad que recoge una indemnización de 60.000 euros a abonar en el plazo de un año, así como una pena de un año de prisión que quedará en suspensión durante dos años.
LA NOTA
Localizados por las multas de tráfico
La empresa crediticia que interpuso la querella localizó los 23 vehículos a través del Boletín Oficial de las Illes Balears, ya que se recogían denuncias de infracciones de tráfico de los vehículos en Ibiza.
La entidad querellada, Frigorent, no tenía actividad comercial en la isla y no podía vender ni enajenar los vehículos hasta el completo pago del préstamo sin autorización expresa del financiador. Además, por contrato, la entidad querellante tenía reserva de dominio de los mismos.
La entidad querellante certificó la estafa después de alquilar uno de los vehículos financiados que había sufrido varios siniestros.
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