En el comunicado aseguraron que en una de las diligencias solicitaron la declaración del secretario del Ayuntamiento de Vila para que pudiera explicar en sala el procedimiento que se siguió, sin embargo la juez rechazó este extremo. Los ex miembros de la junta de Gobierno ya han recurrido la decisión de la magistrada y están convencidos de que aunque se llegue a juicio oral «la Justicia nos dará la razón», manifestaron.
Cabe recordar que los ocho miembros del grupo municipal de PSOE-Eivissa pel Canvi están imputados como resultado de la denuncia que presentó el empresario Josep Maria Molins el 26 de febrero de 2010 contra Costa y su junta de gobierno por los presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos. El Ayuntamiento de Vila restó 412.120,51 euros de la deuda que Park Control tenía con la institución, una medida que deriva del pago por parte de la empresa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que exigió la Agencia Tributaria a esta compañía.
La Fiscalía pidió el archivo de la denuncia al entender que «el asunto se aleja del ámbito penal», pero el denunciante recurrió ante la decisión ante la Audiencia Provincial, cuya Sección Segunda la revocó y obligó a que «se practiquen las diligencias interesadas por el denunciante», por lo que la juez María Luisa Bustillo citó a declarar como imputados a los miembros de la junta de gobierno de Costa.
Los informes técnicos a los que apelaba la junta de gobierno que presidía Lurdes Costa señalan que este impuesto no lo debía pagar Park Control, pero el denunciante opina lo contrario y señala en su denuncia que la empresa adjudicataria del servicio público tiene la obligación de liquidar «los impuestos, tasas, (...), y otros gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación según las disposiciones legales con ocasión o consecuencia del contrato o de su ejecución».
En septiembre del 2014, tras declarar en el juzgado en calidad de imputada junto con siete de sus exconcejales, Lurdes Costa insistió en que la operación se realizó bajo el aval de «informes técnicos internos y externos».
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