La exalcaldesa de Vila, Sánchez-Jáuregui, entrando a los juzgados el pasado mes de julio. | (c) Sergio G. Canizares

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Eivissa, José Espinosa, ha dictado el archivo de la causa contra la exalcaldesa de Vila, Marienna Sánchez-Jáuregui, por el caso de la publicidad institucional. En el auto, fechado el pasado 13 de enero, el juez instructor no aprecia prevaricación en la actuación de los dos imputados: la exalcaldesa y su jefe de gabinete, Antonio Martínez Beneyto. «No queda acreditado que alguno de los imputados haya obtenido algún beneficio económico o de otro tipo, por el encargo de publicidad ya referido», asegura el juez Espinosa en su auto, donde añade que tampoco «se evidencia interés alguno que no sea el supuesto beneficio para el ciudadano, al obtener información institucional en una publicación gratuita, y es cierto que ningún otro medio de difusión podría competir en ese sentido».

Reproche

Pese no apreciar delito en su conducta y dictaminar el sobreseimiento provisional de las diligencias, el juez Espinosa da un tirón de orejas a Sánchez-Jáuregui por la manera de contratar la publicidad institucional con el Grupo Prensa Pitiusa. Para el magistrado, la exalcaldesa «demuestra una ignorancia y una negligencia inexcusable» por su condición de licenciada en Derecho y con experiencia laboral en la Administración pública.

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Sin embargo, y pese al «reproche y rechazo total que merece tal conducta», comenta el juez instructor, «no la hace acreedora de sanción penal». Para el magistrado, a Sánchez-Jáuregui le sirve como descargo «la supuesta creencia de que se le otorgaría al ciudadano un beneficio, al ser gratuito para éste la adquisición de ejemplares de la publicación, sin pensar –posiblemente– en lo que le hubiera costado al Ayuntamiento la publicidad a través del que resultara ‘mejor postor'».

José Espinosa también muestra su asombro por la actuación del Secretario y la Interventora del Ayuntamiento de Vila. «Siendo no menos sorprendente que por quien tiene responsabilidades técnico-jurídicas (interventora, y, sobre todo, Secretario de la Administración Local), no dieran la voz de alarma tan pronto como se enteraran», comenta el magistrado en su auto.

El Ministerio fiscal, que es quien presentó la denuncia contra la exalcaldesa Sánchez-Jáuregui, tiene tres días para presentar un recurso de reforma y subsidiario de apelación, o cinco días para recurrir mediante un recurso de apelación directo en otra instancia superior.