Según ha informado la portavoz del Ejecutivo balear, Joana Barceló, éstos consistirán en la producción y emisión de informativos, con la mitad de su duración, así como de las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés general a las que se refiere el artículo 17 de la Ley 7/1985, de 22 de mayo, de creación de IB3.
La también consellera de Turismo y Trabajo ha señalado que el ejercicio del derecho de huelga debe ser compatible con el mantenimiento del servicio mínimo destinado a garantizar el derecho a la información de los ciudadanos.
Sin embargo, ha indicado que también hay que tener en cuenta que la empresa afectada por la huelga tiene como único ámbito de trabajo la elaboración de los servicios informativos. Por ello, es necesario reducir al mínimo el servicio que garantiza el derecho a la información de la ciudadanía para poder permitir de forma efectiva que los trabajadores de SBT, si quieren, puedan hacer huelga.
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