La Audiencia Provincial ha confirmado la absolución del ex alcalde de Santa Eulària Vicent Guasch, del ex teniente de alcalde Vicent Riera Noguera, del técnico Vicent Marí y del asesor jurídico José Mª Roig Vich en el caso ses Torres, en el que se investigaba si delinquieron al autorizar la urbanización de este terreno en base al Plan de Delimitación de Suelo Urbano (PDSU) que había sido declarado ilegal en los fundamentos jurídicos de una sentencia.
Lo más curioso es que el tribunal asegura que cometieron un delito de prevaricación pero no les puede condenar por ello porque la Fiscalía no lo solicitó y hacerlo ahora provocaría «indefensión». Es decir, el Ministerio Público sólo recurrió la sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal nº 1 de Eivissa alegando que habían cometido un delito de prevaricación urbanística (artículo 320 del Código Penal) y no de prevaricación «pura» (artículo 404). El problema radica en que el primero se refiere a proyectos de edificación, pero en este caso sólo se autorizaron estudios de detalle, proyectos de urbanización y de licencia de segregación y parcelación. En ningún caso fueron de edificación. «Lo delictivo no fue urbanizar un terreno no urbanizable [...] Lo delictivo fue violentar el procedimiento administrativo que necesariamente exigía la aprobación definitiva de un plan parcial por parte del Consell, impidiendo, en base al más que sospechoso PDSU, este control jerárquico», dice el fallo.
«Recalificación encubierta»
Por ello, se les debería haber acusado de prevaricación, un delito más amplio que castiga a funcionarios y a políticos que dicten resoluciones arbitrarias sabiendo que son injustas. Según la Audiencia, el Ayuntamiento de Santa Eulària «prevaricó al aprobar el proyecto de urbanización, sin plan parcial y al amparo del PDSU» y aplicó de forma «radicalmente arbitraria» este plan, «especialmente diseñado e instrumentalizado por los acusados para disfrazar la realidad del suelo» y «evadir» el control del Consell, además de ahorrar a los promotores las cesiones de suelo.
La Audiencia cree que los terrenos de ses Torres «jamás podrían haber sido calificados de urbanos» ni por la vía de servicios ni por la de consolidación, por lo que ve «sorprendente» que el PDSU lo hiciera, en una «recalificación encubierta». De hecho, asegura que todas las periciales del juicio arrojaron esta «nítida conclusión».
En el año 97 se dictó una sentencia que declaraba nulo el PDSU, pero no en su fallo sino en sus fundamentos jurídicos. Este hecho fue usado durante el juicio por Roig Vich para defenderse, ya que indicó que al no ponerlo en el fallo entendían que no podían dejar de aplicar el PDSU, ya que corrían peligro de indemnizaciones. Según la Audiencia, el asesor jurídico «desconoce intencionadamente» que según la antigua ley no estaba permitido anular un reglamento en su fallo. Es más, el Ayuntamiento «sabía perfectamente» que había dudas sobre el PDSU y pese a ello continuó con un objetivo «espurio», que era urbanizar sin el control del Consell amparados por los informes de Roig Vich en una «flagrante y grosera vulneración de la normativa».
La juez de Eivissa no otorgó credibilidad a periciales «incriminatorias»
Según la Audiencia, todos los inconvenientes se podrían haber salvado si las partes hubieran pedido la nulidad de la sentencia de la juez Clara Ramírez, algo que no puede hacer este tribunal superior de oficio. De hecho, aseguran que en ese fallo del Juzgado ibicenco no se motiva «ni siquiera sucintamente» por qué no se otorgó credibilidad a ninguna de las testificales y periciales que «arrojaban datos claramente incriminatorios». La Audiencia también muestra su sorpresa por el hecho de que la juez no consideró acreditado el «pacto de caballeros» que se habría producido entre la promotora y el Ayuntamiento «por el simple hecho de haberlo negado los acusados». De hecho, recuerda que el arquitecto de la promotora dijo que los acuerdos con el Ayuntamiento implicaban la recalificación de unos terrenos tras haber hecho ellos una cesión al municipio. De hecho, a la Audiencia le llama la atención que se siguiera aplicando el PDSU hasta que concedieron la licencia de segregación a ses Torres, «dejando la situación bien atada» curiosamente el mismo día y en el mismo pleno.
No ven «temeridad ni mala fe» en Esquerra Unida
Lo que sí que hace la Audiencia es estimar el recurso presentado por la acusación popular (Esquerra Unida), a quienes la jueza de Eivissa Clara Ramírez había condenado a pagar costas por considerar que habían actuado con «temeridad y mala fe» al acusar al promotor de la urbanización, Germán Vázquez, y a la ex arquitecta municipal Raquel García Palerm. «No se constata temeridad ni mala fe en su actuación [la de EU], que fue en todo momento relevante y en defensa del interés público», dice el tribunal, que indica que «no es un móvil espurio ni infundado el pretender que se respete la legalidad, [...], celando en contra del urbanismo a la carta». De todos modos, no se actúa contra Vázquez y García Palerm porque no fueron acusados ante la Audiencia.
El actual alcalde de Santa Eulària, Vicent Marí, mostró ayer su «alegría» por la absolución de Guasch y consideró que todo fue un proceso de «persecución política» de EU y del Pacte, que deberían «pedir disculpas».
LA PRUEBA «Que existía dolo prevaricador, concretado en la decisión arbitraria de aplicar un instrumento de planeamiento manifiestamente contrario a las normas de rango superior [...] es algo que no ofrece dudas»
FIN «El objetivo era claro: controlar el urbanismo de Santa Eulària excluyendo al Consell mediante el fraude de ley que era el PDSU»
LA TARDANZA «En contra de toda cautela, pues tenían la posibilidad de suspender y revisar el planeamiento de forma inmediata, decidieron persisitir en su actuación, permitiendo que se terminara la urbanización, ignorando deliberadamente todos y cada uno de los requerimientos del Consell»
1 comentario
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muy habiles disfrazando...pero no lo suficiente...bueno si, porque responsabilidad ni carcel, eso se llama...¿como se llama?