El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha obligado al Govern balear a rebajar una sanción que había impuesto a la tienda Kiddy's Class de Eivissa por abrir el establecimiento sin la preceptiva licencia de gran establecimiento comercial. De esta forma, se anula la multa de 120.000 euros que se le había puesto por cometer una infracción muy grave para rebajarla hasta los 12.000 euros que supone una sanción grave.
Los hechos se remontan al año 2004, cuando el Govern inspeccionó este establecimiento del poderoso grupo Inditex y detectó que no contaba con la licencia autonómica de gran establecimiento comercial. Kiddy's Class solicitó entonces el permiso, que fue denegado por la Conselleria de Comerç.
Tras esta resolución, la defensa de Inditex argumentó que no tenía culpa porque actuó «en la confianza de que no era necesaria la licencia autonómica, siendo suficiente la licencia municipal». Asimismo, consideró que como mucho la sanción debería ser tipificada como grave y no muy grave, ya que «contaba con los requisitos para obtener licencia».
Presencia «destacadísima»
La sentencia del TSJB considera que la actitud de la empresa es «gravemente culposa», ya que Inditex tiene una presencia «destacadísima» en el ramo, con una «estructura organizativa empresarial de primer orden». «Es increíble que una empresa de estas características desconozca que precisaba de la licencia de gran establecimiento comercial», dicen desde el tribunal.
Además, recuerdan que en la inspección de febrero de 2004 ya le habían advertido de que necesitaba esa licencia y «a pesar de ello continuó con su actividad» hasta el 9 de agosto, cuando se produjo la solicitud de permiso.
Asimismo, recuerdan que la inspección detectó que Inditex tampoco había solicitado licencia en otros negocios que había instalado en Eivissa y su dirección global «había hecho caso omiso de la normativa de Balears».
Eso sí, el tribunal estima el recurso en cuanto a la cuantía de la sanción porque, para ser muy grave, el infractor debe incumplir los requisitos para obtener licencia. Esto no es así porque existe una sentencia de marzo de 2010 en la que se revocó la resolución denegatoria de licencia de gran establecimiento comercial, «condenando a la Administración a otorgar la licencia soliticada en agosto de 2004». Es por ello que la infracción se convierte en grave en lugar de en muy grave. Contra la sentencia no cabe recurso ordinario.
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