El alcalde de Sant Antoni, José Sala, estudia presentar un recurso contra la resolución de la jueza Irene Truyols, en el que da por finalizado el pago de las multas por los retrasos en el derribo de la casa Cretu, debido a que el escrito judicial puede cerrar las puertas al reintegro de los 4.000 euros que el alcalde ya ha pagado y que ahora busca recuperar.

El teniente de alcalde Joan Pantaleoni explicó que el motivo de presentar esta apelación se debe a que el auto considera «cumplidas las sanciones al alcalde sin que proceda imponer más multa, salvo la acordada y consignada en el período del 1 de marzo al 30 de junio de 2009». Un párrafo que según Pantaleoni, si bien indica que «no se debe pagar más, confirma las multas anteriores». «Es por eso estamos analizando la forma de recurrirlo», agregó.

Éste sería el segundo recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Adminisitrativo de Palma, que impuso al primer edil multas mensuales de mil euros entre marzo y junio por los retrasos en el derribo de la casa ilegal de Michel Cretu. La primera apelación ya fue admitida a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), y en su escrito el alcalde pide que no se le sancione por retrasos de otras administraciones, como el propio Juzgado, que durante el proceso de demolición «tardó cuatro meses en dar el primer permiso de entrada a la casa para redactar el proyecto demolición».

En su recurso ante el TSJB el alcalde también alega «absoluta indefensión porque la ley dice que esas sanciones se podrán imponer previa audiencia al interesado».

Cabe recordar que el alcalde fue multado el pasado mes de febrero por los retrasos en la demolición de la casa ilegal de Michel Cretu tras superar el plazo impuesto para su demolición, que fue de 18 meses.

En el auto también se detalla la presentación ante el Juzgado de un escrito del GEN-GOB de Eivissa, con fecha 8 de junio «oponiéndose a que se declare finalizada la ejecución de la sentencia» debido a que «no se ha demolido el camino de acceso a la finca». Una apelación rechazada en base a una sentencia de 2002, que si bien declara nula la licencia para la apertura del acceso no se pronuncia sobre su eliminación.