El ex asesor jurídico de Santa Eulària José María Roig Vich, el ex concejal Vicent Riera y el abogado Rafael Perera en los Juzgados.

C.ROIG

El que fuera asesor jurídico del Ayuntamiento de Santa Eulària, José María Roig Vich, aportó ayer durante el juicio de ses Torres una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) en cuya fundamentación se asegura que el anterior plan urbanístico de Santa Eulària, el Plan de Delimitación de Suelo Urbano (PDSU), no fue declarado nulo en un fallo del 97. El TSJ también considera que el suelo donde se asienta la urbanización de ses Torres es urbano.

Roig Vich, que está acusado por un delito contra la ordenación del territorio junto al ex alcalde de Santa Eulària Vicent Guasch, el ex primer teniente de alcalde Vicent Riera, el promotor de la urbanización y dos técnicos municipales, remarcó ayer ante la juez que este nuevo fallo demuestra que desde el Consistorio actuaron bien al no suspender la aplicación del PDSU y al dar licencias en base a ese planeamiento. Este fallo, que sorpresivamente se ha emitido coincidiendo con el juicio, puede ayudar a los acusados o, al menos, así lo entienden ellos. De hecho, la acusación particular, que ejerce Esquerra Unida, y la Fiscalía, consideraban que los permisos que se habían dado a la urbanización de ses Torres eran ilegales porque se basaban en un PDSU nulo.

La sentencia responde a un recurso que en su día interpuso Esquerra Unida contra las Normas Subsidiarias y Complementarias de Santa Eulària que fueron aprobadas en 2004 por el Consell tras la suspensión del PDSU. El fallo rechaza el recurso de EU y considera que estas normas se ajustan a la legalidad. En su argumentación, la sentencia dice que el Consell estaba facultado para acordar la suspensión del PDSU, tal y como hizo esta institución cuando estaba gobernada por Pere Palau (PP). El fallo considera que en este caso había un interés supramunicipal en cambiar las normas, ya que se quería «salvaguardar el modelo de contención» de la edificación, que ya no se respetaba con el «anacrónico» plan anterior.

En lo referido al terreno concreto de ses Torres de Jesús donde se proyectaba la urbanización que es objeto del juicio, esta nueva sentencia considera que el fallo del 97 no anula el planeamiento. En concreto, el TSJ dice que ese fallo «no declaró la nulidad del PDSU», algo que contradice las tesis de la acusación particular y de Fiscalía. El tribunal entiende que esa sentencia se refería a un caso concreto y no a la totalidad de la norma, por lo que no se podría aplicar al caso de ses Torres.

Por otro lado, la resolución judicial asegura que los terrenos de ses Torres eran ya urbanos en 2004, momento de aprobación de las Normas Subsidiarias. «Son indiscutiblemente suelo urbano al disponer de todos los servicios necesarios al haberse ejecutado la urbanización», dice el TSJ, que indica que es «irrelevante» lo que haya sucedido respecto al PDSU, ya que las Normas Subsidiarias tienen que recoger como suelo urbano todo lo que esté dotado de servicios. Incluso la sentencia dice que como eran suelos urbanizables, pero cuentan con un estudio de detalle y un proyecto de urbanización aprobados definitivamente, «difícilmente puede sostenerse que los terrenos se han urbanizado al margen del planeamiento».

Con esta sentencia, Roig Vich, que se defiende a sí mismo, explicó a la juez que se confirma que el Consell d'Eivissa, cuando estaba gobernado por Pilar Costa, debió actuar para suspender el PDSU.