La Audiencia Provincial ha decretado libertad bajo fianza de 100.000 euros para el ex arquitecto municipal del Ayuntamiento de Sant Josep Antonio Huerta Briz, al que se investiga por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho, malversación de caudales públicos, contra la ordenación del territorio, falsedad documental, negociación prohibida a funcionarios públicos y blanqueo de capitales. Huerta está en prisión desde el 7 de octubre, cuando fue detenido a la vuelta de un viaje de Argentina. Ahora, la Audiencia le deja en libertad previo pago de 100.000 euros, aunque le prohíbe abandonar la isla sin autorización judicial y tendrá que presentarse semanalmente ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Eivissa. También deberá entregar su pasaporte en el Juzgado. En el auto emitido por la Sección Primera de la Audiencia, el tribunal considera que no existen suficientes motivos para mantener la prisión preventiva, ya que ésta sólo se justifica en caso de que haya riesgo de fuga o si hay peligro de ocultación, alteración o destrucción de pruebas relevantes. En cuanto al riesgo de fuga, el tribunal recuerda que Huerta goza de arraigo domiciliario, familiar, económico, laboral y social en Eivissa, además de que regresó de Argentina al conocer su orden de detención. «Sus esperanzas no se hallan puestas, precisamente, en la sustracción a la acción de la justicia», señala el auto. También cita el tribunal que el fiscal sospecha que el ex arquitecto municipal tiene bienes y dinero en metálico a buen recaudo y quizás en el extranjero, ya que no concuerda su volumen de ingresos cuando era técnico municipal (15 millones de euros) con los bienes y las cuentas intervenidas hasta el momento. De todas formas, el tribunal considera que este eventual desajuste no es un indicio «potente» de riesgo de fuga. Por eso, cree que este peligro puede ser evitado con las medidas de retirada de pasaporte y prohibición de abandono de la isla sin autorización. En cuanto al riesgo de alteración o destrucción de pruebas alegado por el juez instructor y por el fiscal, la Audiencia dice que han transcurrido ya más de cinco meses de la detención. Reconoce que la investigación policial documental pueda ser «extremadamente compleja» y puede prolongarse más de seis meses, tal y como sostiene el propio juez instructor. Además, recuerda que ya han comparecido muchos testigos. «Se halla totalmente inconcretado ese específico riesgo sobre testigos y peritos», dice el tribunal, que indica que no hay suficiente motivación, por lo que el peligro de destruir pruebas es «una pura sospecha o intuición, por más razonable que sea», sobre todo teniendo en cuenta lo avanzado del proceso. Para valorar si existe riesgo de fuga, el tribunal tiene también en cuenta la gravedad de la pena que se le podría imputar a Huerta. En este caso, el delito más grave del que se le acusa es el de blanqueo de capitales, que tiene penas de seis meses a seis años de prisión. En febrero, la sección segunda de la Audiencia Provincial denegó una petición de libertad de la defensa de Huerta porque consideraba que existía el peligro de ocultación, alteración o destrucción de pruebas. El juez instructor, titular del Juzgado número 3 de Eivissa considera que este riesgo persiste, además de que cree que no ha disminuido el de fuga. También considera que el plazo máximo de seis meses de prisión debe ser agotado, porque la investigación documental, al ser compleja, se puede prolongar mucho más. El juez del número 3 alega que los indicios incriminatorios se han incrementado con la reciente apertura de un nuevo tomo separado, con «nuevas y concretas imputaciones para Huerta Briz». Pese a todos estos argumentos, la Audiencia acepta el recurso presentado por la defensa por falta de motivación. En cualquier caso, la salida de Huerta era inminente, porque en pocos días se cumplían los seis meses en prisión, plazo máximo para poder mantenerle en la cárcel por riesgo de destrucción de pruebas. Este auto de la Audiencia no permite recurso. Huerta sólo podría volver a la cárcel en caso de que se descubrieran indicios nuevos o si el juez sentencia prisión tras el juicio. El auto de la Audiencia insiste mucho en que no han contado con toda la documentación necesaria para poder conocer la instrucción del caso. Por eso, aseguran desconocer por qué una investigación que comenzó en 2005 ha propiciado una prisión provisional para Antonio Huerta a finales del año 2008. El tribunal repite en numerosas ocasiones que tiene «parquedad de antecedentes» sobre el caso. El tribunal resume que los delitos derivaban directa o indirectamente de que otros imputados pertenecientes al círculo familiar de Huerta podían «mediar» para conseguir fines urbanísticos o «solicitar favor a otro técnico municipal, Julio Blanco», también imputado. Además, Huerta Briz podría haber exigido a particulares que tramitasen sus proyectos a través de su nuera o de su empresa, Keltike, con la consiguiente contraprestación económica. Además, podría haber usado una dependencia pública del Ayuntamiento de Sant Josep en «provecho propio» y causando «claros perjuicios a la entidad local», que tuvo que declarar de oficio la nulidad de una licencia por invadir zona ANEI y por «ocultar el origen de los ingresos» a través de la «apariencia ficticia de legalidad».