El alcalde de Sant Antoni, José Sala, advirtió ayer que se reserva el derecho «a ejercitar acciones legales» contra el Grup d'Estudis de sa Naturalesa (GEN-GOB) por haber asegurado que los suelos urbanizables desclasificados por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) «están o han estado en gran parte vinculados a negocios inmobiliarios» de su familia.

En un comunicado, Sala aseguró que las afirmaciones del GEN «faltan absolutamente a la verdad» y son «una maniobra de intoxicación política cuyo único objetivo es el desprestigio y la descalificación del alcalde de Sant Antoni por el mero hecho de no coincidir con sus ideas y pensamientos».

En su escrito, el primer edil también denuncia «las falsedad de acusaciones GEN», debido a que los ecologistas afirmaron que la norma que recuperaba la posibilidad de edificar en seis terrenos de la costa de Sant Josep y uno de Sant Antoni (ses Variades) mediante el Plan Territorial Insular (PTI) aprobado en la legislatura de Pere Palau, fue «hecha a medida de determinados y muy concretos intereses privados de personas vinculadas o cercanas al PP», entre otros, «a la familia del actual alcalde de Portmany y conseller de Presidència en el momento de la aprobación del PTI, el señor Sala Torres».

«Para público conocimiento, niego categóricamente dicha afirmación en lo que se refiere a mi persona y a mi familia, pues ningún miembro de ésta, próximo o remoto, ni yo mismo, como personas físicas ni como socios de entidades mercantiles, tenemos ni hemos tenido participación alguna ni relación con propiedades incluidas en el sector de ses Variades de Sant Antoni ni en los sectores desclasificados del municipio de Sant Josep», afirma el alcalde en el comunicado, que concluye con su reserva al derecho de ejercitar acciones legales, «en defensa de sus legítimos derechos e intereses».

Exigencias

Cabe recordar que la norma anulada por el TSJB es la 27.2 del Plan Territorial Insular, y su anulación se debe a que la sala considera que no tiene validez jurídica porque no hay constancia suficiente de que estos suelos «cumplan las exigencias normativas». Asimismo, la sentencia señala que existe una contradicción porque el PTI recoge en su memoria y en su evaluación ambiental que hay una grave saturación urbanística de la costa y, sin embargo, recupera la posibilidad de edificar en siete suelos próximos al mar. Esta sentencia es la respuesta a un recurso presentado por el GEN, que mediante un comunicado vinculó también estos terrenos a negocios inmobiliarios del Grupo de Empresas Matutes y al grupo Alonso Marí.