La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 en la que se condena a la dueña, el constructor y el arquitecto de una casa de sa Caleta (Sant Josep) por un delito contra la ordenación del territorio por haber realizado obras sin contar con la preceptiva licencia.

De esta forma, se confirma que los tres tienen que cumplir un año de prisión, pagar una multa de 9.000 euros y derribar lo construido ilegalmente. El arquitecto y el constructor quedarán inhabilitados durante un año para ejercer su profesión.

La resolución de la Audiencia se produce ahora tras el recurso de apelación de los tres acusados.

Allí veraneó Aznar

Se da la circunstancia de que en esta casa veranearon el ex presidente José María Aznar y su familia en una de sus estancias en la isla.

Los hechos se remontan a octubre de 2003, cuando la acusada pidió una licencia para reformar unas viviendas existentes en la finca de Can Toni Fita, ubicada dentro del parque natural de ses Salines, en la zona de sa Caleta. En un primer momento, los trabajos consiguieron un informe favorable de Medi Ambient del Govern, aunque tras presentarse posteriormente un plano modificado el informe se convirtió en desfavorable, por lo que el Ayuntamiento de Sant Josep acordó denegar la solicitud de obras. Pese a ello, y según consta en la sentencia, comenzaron a realizar una reforma general de la vivienda y un grupo de cuadras, con levantamiento de todo tipo de módulos, muros y jardineras. Además, parte de la construcción afectaba a la zona de servidumbre de Costas.

En su recurso, la dueña de la casa entiende que las obras eran sólo de reforma, no de construcción nueva, además de que «falta suficiente gravedad» del hecho imputado.

El constructor alegó en su apelación que se limitó a enviar a la finca los trabajadores a instancias de 'Paquita', la madre de la promotora y éstos actuaban bajo sus instrucciones y las del arquitecto. Asegura que desconocía si las obras disponían de licencia.

El arquitecto «actuó con la firme convicción de que las obras de reforma iban a ser finalmente autorizadas» y que no tuvo ánimo de incumplir la norma. Además, señala que la piscina, el movimiento de tierras para ajardinar, la pavimentación e instalación de cabañas de madera son actuaciones posteriores en las que no intervino y que no estaban en el proyecto.

Los magistrados de la Audiencia consideran que aunque la dueña de la casa alegue desconocimiento, todos los acusados «conocían el carácter antijurídico» de las obras. Además, recuerdan que recibió dos sanciones administrativas de la Conselleria de Medi Ambient. La Audiencia también cree que el constructor tenía «pleno conocimiento» de que las obras debían tener licencia, igual que el arquitecto. Recuerdan que hay cuatro construcciones nuevas: un módulo de 54 me, otros dos de 20 y 11 y un baño de siete.