La Fiscalía ha recurrido la sentencia condenatoria a los dueños del complejo turístico Las Dunas porque no está de acuerdo con la decisión de la juez de no condenarles por un delito de desobediencia y no obligarles a la demolición de lo que han construido ilegalmente.
El Juzgado de lo Penal condenó al matrimonio formado por Juan Font y Juana María Camps a un año y seis meses de prisión y a pagar una multa de más de 16.000 euros por un delito contra la ordenación del territorio por haber construido una piscina y realizar una ampliación del negocio sin licencia.
El fiscal considera en su recurso que se debería acordar la demolición de lo ilegalmente construido, porque son obras que no se pueden legalizar por estar en ANEI y en la franja de Costas.
En su sentencia, la juez tampoco apreció un delito continuado de desobediencia a la autoridad porque cree que en ningún momento se advirtió a los acusados de que podían incurrir en delito si rompían los precintos de obra. El fiscal considera en cambio que sí constaba dicha advertencia en los propios decretos de paralización y precinto.
Amplio historial
Además, recuerda el historial de «incumplimientos, quebrantamientos, desprecios y rebeldía de los acusados» en relación a otros requerimientos. Se da la circunstancia de que Font ya cuenta con una condena anterior por atentado a al autoridad por agredir al ex concejal José Ramón Mateos y a un policía local. Además, el matrimonio había sido condenado por un delito continuado de defraudación del fluido eléctrico, porque se conectaron de forma clandestina al contador de electricidad de la vivienda de un vecino.
El fiscal recuerda en su recurso que ha habido muchos casos en los que se constata el «continuo y pertinaz desprecio» hacia el ordenamiento jurídico de la pareja. «Tal actitud es merecedora de sanción penal», dice el fiscal, que considera que es necesario por la conducta «antisocial y desprecioadora» de los acusados.
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