La Audiencia Provincial ha desestimado el archivo y sobreseimiento de la causa penal del caso Cretu y ha ordenado continuar las investigaciones por la construcción de la mansión ilegal del músico en la cima de un monte protegido por la ley en Santa Agnès.

La Audiencia ha ordenado también continuar con las diligencias penales contra todos los imputados en la causa, como son el músico germano-rumano Michel Cretu y los arquitectos de la mansión por un presunto delito contra la ordenación del territorio y también el ex alcalde de Sant Antoni Antoni Marí Tur y los concejales de su comisión de gobierno (que concedió la licencia en 1997) por un presunto delito de prevaricación urbanístico y contra el medio ambiente.

Con esta resolución la audiencia ha admitido a trámite los recursos de apelación presentado por la fiscalía y por el Grup d' Estudis de la Naturalesa (GEN) contra la decisión del juez Juan Carlos Torres, titular del juzgado de Instrucción 1, que en 2006 decretó el archivo y sobreseimiento de la causa por «no existir indicios de delito».

En este sentido, el auto de sobreseimiento del magistrado indicaba que los delitos contra la ordenación del territorio y medio ambiente ya habían prescrito en algunos casos y «por no haber indicios de la existencia objetiva o tipificada» de ninguno de los delitos imputados. En concreto señaló en su auto que el delito contra la ordenación del territorio, por el que se había imputado a Michel Cretu y a los dos que participaron en la edificación de su mansión de Santa Agnès, «tiene un plazo de prescripción de tres años» y, teniendo en cuenta que la casa se terminó en noviembre de 1999, «ya había prescrito no ya para cuando en mayo de 2004 se solicitó la imputación de estas personas por el Ministerio Fiscal, sino antes de que se interpusiera la denuncia», que se realizó en abril de 2003.

Torres también señaló en su auto que había prescrito el delito contra el medio ambiente, en el caso del ex alcalde y los concejales, ya que cuando se solicitó su imputación, en junio de 2006, habían transcurrido los cinco años que se marcan como plazo de prescripción para este delito.

Por otra parte, el auto del juez también indicó no había delitos contra la ordenación del territorio ni contra el medio ambiente porque la mansión que se edificó en una cima de Santa Agnès, en un espacio protegido, se construyó con licencia de obras. Ahora, con esta resolución de la Audiencia Provincial se revoca este auto y se ordena la continuación de las diligencias.

El Ayuntamiento de Eivissa negó ayer que las viviendas del edificio Es Pla de Vila, en construcción en la zona de Juan XXIII, fuera a ser de protección oficial y destacó que siempre se dijo que los pisos restantes se iban a vender a precio tasado. Fuentes del Consistorio justificaron que los precios a los se ponen en venta las 29 viviendas se equiparen a los del mercado «porque son viviendas de calidad». Además, desde el Ayuntamiento destacaron que nunca se barajó la posibilidad de que fueran VPO porque esta calificación va en detrimento de los propietarios de Santa Margarita. En este sentido, explicaro que si tuviera esta calificación «no podrían vender ni alquilar sus pisos, sólo habitarlos».

El Consistorio quiso dejar claro también que la declaración de viviendas de protección debe ser para todo el edificio y solicitada antes del inicio de la construcción del mismo. «No es posible que una parte del edificio sea VPO y el resto no», explicó este portavoz, que destacó que la confusión puede venir de algún medio de comunicación que en su momento publicó que serían viviendas de protección oficial.

Sin embargo, por su parte, el grupo municipal popular, en la oposición, acusó ayer al PSOE-ExC de entregar a la constructora Brues el «negocio de Juan XXIII, del que podría obtener beneficios superiores a los ocho millones de euros». El PP ha lamentado también «que el primer teniente de alcalde, Santiago Pizarro, «haya tenido que dar la cara una vez más ante un asunto vergonzoso y vergonzante para el equipo de Gobierno».