Balears, declarada zona restringida para el movimiento de animales por la lengua azul
El Gobierno publica la nueva orden de medidas de protección contra este mal
Madrid08/11/04 0:00
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) publicó ayer en el BOE la nueva orden de medidas de protección contra la lengua azul, que amplía los movimientos permitidos de animales de especies sensibles en las zonas de riesgo sanitario. La orden amplía también la autorización a los movimientos de estos animales entre las zonas de riesgo sanitario y la zona libre, aunque establece las garantías adecuadas para impedir la extensión de la enfermedad. Se considera zona restringida: Balears, Extremadura, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y, en Andalucía, las provincias de Cádiz, Málaga, Huelva, Sevilla y Córdoba, entre otras zonas peninsulares.
El territorio nacional no restringido se considera zona libre y los movimientos de reses de lidia desde explotaciones ubicadas en las zonas de seguridad y restringida tendrán la consideración de movimientos a matadero. Los animales de la zona restringida podrán moverse al resto del territorio nacional, pero siempre con las condiciones que establece la autoridad competente en sanidad de la Comunidad Autónoma correspondiente, pero no podrán trasladarse a otro Estado miembro de la Unión Europea.También en Pitiusas
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