Sin embargo, la nueva norma territorial prevé la ubicación de
embarcaderos (para el atraque de embarcaciones en determinadas
condiciones meteorológicas) y, excepcionalmente, también puertos
deportivos en un amplio espectro de la costa pitiusa: Portinatx,
Roca Llisa, la zona de Cala Molí y Cala Tarida, Platja d'en Bossa y
sa Canal de Eivissa y es Pujols, en este último caso para habilitar
la segunda vía de la linea Eivissa-Formentera.
La norma propone en su articulado promocionar la implantación de
instalaciones ligeras de tipo embarcadero, cuyo impacto sobre el
litoral es mínimo, con «el objeto de satisfacer la demanda que no
precise de instalaciones portuarias». Este tipo de infraestructuras
se podrán ubicar, debidamente justificadas, en toda la costa de
Eivissa y Formentera, excepto en las zonas de máxima protección
(Àreas Naturales de Especial Interés de Alto Nivel de Protección;
AANP). Los islotes que rodean la isla y la mayor parte de la costa
norte cuentan con el máximo grado protección, salvo el tramo que va
desde Cala Xuclà hasta es Portitxol. Por el oeste, la zona de Cala
Codolar, Cala Corral, Cala Tarida, Cala Molí y Cala Vedella también
es apta para la ubicación de instalaciones náuticas. Lo mismo
sucede, por el sur, en Cala Cubells y Cap Negret, y el área del
sudeste que abarca el tramo que va desde Platja d'en Bossa hasta
Cala Olivera, en Rosa Llisa. En el noreste, Cala Figuera, Cala Boix
y Cala Mastella tampoco están en contacto con zonas de máxima
protección, por lo que también pueden acoger alguna infraestructura
náutica.
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