Las promociones de viviendas protegidas siempre son insuficientes para los niveles de demanda. Sin embargo, el hecho de que no haya ninguna oferta desde Eivissa complica todavía más la situación.

El concurso público que convocó el Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi) el pasado mes de abril para la obtención de suelo en el que construir Viviendas de Protección Oficial (VPO) se ha saldado con 19 ofertas, tanto de suelo como de concurso de ideas y de obras. El gerente del Ibavi, Segismundo Morey, explicó que, de las 19 ofertas presentadas, 13 corresponden al municipio de Palma y las seis restantes son de propuestas de otras zonas de Mallorca. No ha habido, sin embargo, ninguna oferta de suelo de Menorca y Eivissa, algo que lamentó el responsable del Ibavi.

Morey recordó que el propósito del Ibavi a la hora de convocar este concurso era conseguir suelo «en una condiciones aceptables de precio para poder destinarlo después a la construcción de viviendas protegidas, ya sea por parte del Govern o por parte de promotores privados».

A pesar de los malos resultados de la convocatoria de Eivissa, el gerente del Ibavi se mostró particularmente satisfecho con el resultado de este concurso, una iniciativa pionera en Balears que tanto afectaba a suelo rústico como urbano. «La experiencia ha tenido unos resultados fantásticos porque era la primera vez que se hacía y los resultados han sido esperanzadores», señaló Segismundo Morey.

Hasta que los expedientes no se resuelvan en profundidad no se podrá conocer con exactitud cuántas viviendas podrían construirse en caso de poder desarrollar todo este suelo.

En el pliego de condiciones de este novedoso concurso del Ejecutivo consta que sólo se tomarán en consideración las propuesta para proyectos superiores a la 50 viviendas e inferiores a las 400, o el suelo que permita como mínimo o máximo la construcción de este número de viviendas. En el caso de las ofertas de suelo, la repercusión máxima del solar no podrá superar los 11.000 euros por vivienda.

El pliego de condiciones especifica además que, para la adquisición de suelo, se valorará que las ordenanzas no impidan el uso de la vivienda en planta baja, excepto en las zonas comerciales, así como la repercusión económica del solar por cada una de las viviendas.

Con respecto a las condiciones económicas, deberá constar expresamente el precio de venta de las viviendas, según sus distintas categorías, así como la formulación financiera del proyecto y sus condiciones de venta.